Por el cual se crean dos puestos y se hace un nombramiento en el ramo de Navegación Fluvial
El Presidente de la República de Colombia,
en uno de sus atribuciones légales,
decreta:
Artículo 1.° Créanse dos puestos de Topógrafos de los trabajos del río Magdalena, con la asignación mensual de $ 150 cada uno.
Artículo 2.° Nómbrase para desempeñar las funciones del puesto a que se refiere el artículo anterior, al señor José Ortíz G.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 23 de febrero do 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Obras Públicas, Laureano GOMEZ.
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.
Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público.
SUIN-Juriscol
Textos normativos oficiales del Estado colombiano, reproducibles conforme al art. 41 de la Ley 23 de 1982, con la obligación de conformarse con la edición oficial. Los campos editoriales que acompañan a cada norma (vigencia, subtipo, sector, materia) y el historial de reformas provienen de la anotación de SUIN-Juriscol (Ministerio de Justicia y del Derecho); Legalize no reclama derechos sobre ellos, ni reproduce el formato, el diseño ni la marca del portal. La licencia MIT cubre el código del pipeline, nunca el contenido normativo.