Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1983-02-23
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales;

DECRETA:

Artículo 1° Apruébese el Acuerdo número 17 de diciembre 16 de 1982, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

ACUERDO NÚMERO 17 DE 1982

(diciembre 16)

El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y

Considerando:

ACUERDA:

Artículo primero, Autorizar a la Federación para que, con recursos tomados del Fondo Nacional del Café y para éste, y previo avalúo por Auditoría Especial de la Contraloría General de la República en la Federación y siempre y cuando que éste no sea inferior, adquiera por compra a la sociedad Promotora Cafetera de Construcciones, Procón en la suma de $ 51.741.600.82 moneda corriente, un piso de oficinas, un local y 2 aparcaderos con un área de 916 metros cuadrados en el edificio del Café en la ciudad de Buenaventura.

Artículo segundo, Del anterior valor deberá deducirse la suma de $ 28.000.000 moneda corriente entregada por la Federación a Procón, con recursos del Fondo Nacional del Café, como avance para la construcción del edificio.

Artículo tercero, Someter el presente Acuerdo por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D. E., a los diez y seis (16) días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y dos (1982).

El Presidente (Fdo.) Luis Ardila Casamitjana.

El Secretario (Fdo.) José Fernando Jaramillo H.

Artículo 2° Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 9 de febrero de 1983.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Edgar Gutiérrez Castro

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