Que autoriza la venta de un inmueble de propiedad nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y
Considerando:
Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público y en estado de sitio todo el territorio de la República;
Que la Nación construyó a sus expensas en el Corregimiento de Sevilla, Municipio de Ciénaga, en el Departamento del Magdalena, y para el servicio de la Comisión de Aguas de la Zona Bananera, una casa que se encuentra en terrenos de propiedad actualmente de la Compañía Frutera de Sevilla;
Que desde hace dos (2) años esa casa no se utiliza para los servicios oficiales y la Compañía Frutera de Sevilla, propietaria del terreno sobre el que se encuentra edificada, ha hecho una oferta de compra del inmueble,
decreta:
Artículo primero. Se autoriza al Ministerio de Agricultura para vender directamente y por un precio no inferior al avalúo hecho por el Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", el edificio construído por la Nación para los servicios de la Comisión de Aguas de la Zona Bananera, ubicado en el Corregimiento de Sevilla, Municipio de Ciénaga, en el Departamento del Magdalena.
Artículo segundo. El producto de la venta del inmueble de que trata el artículo anterior se mantendrá en depósito provisional, a la orden del Ministerio de Agricultura, para invertirlo en la compra de un terreno adecuado para las labores de investigación agrícola que se adelantan conforme al contrato de colaboración celebrado por el Gobierno con la Fundación Rockefeller.
Artículo tercero. Este Decreto regirá desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 16 de diciembre de 1954.
General Jefe Supremo, GUSTAVO ROJAS PINILLA.
Presidente de Colombia.
El Ministro de Gobierno,
Lucio Pabón Núñez.
El Ministro de Justicia,
Luis Caro Escallón.
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Carlos Villaveces.
El Ministro de Guerra,
Brigada General Gabriel Paris.
El Ministro de Agricultura y Ganadería,
Juan Guillermo Restrepo Jaramillo.
El Ministro del Trabajo,
Castor Jaramillo Arrubla.
El Ministro de Salud Pública,
Bernardo Henao Mejía.
El Ministro de Fomento,
Manuel Archila Monroy.
El Ministro de Petróleos, encargado del Despacho de Relaciones Exteriores,
Pedro Manuel Arenas.
El Ministro de Educación Nacional,
Aurelio Caicedo Ayerbe.
El Ministro de Comunicaciones,
Brigadier General Gustavo Berrio M.
El Ministro de Obras Públicas,
Capitán de Navio, Rubén Piedrahita.
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