por el cual se suprimen dos empleos en el ramo postal

Rango Decreto
Publicación 1911-04-26
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que las poblaciones de Jericó y Yarumal, en el Departamento de Antioquia, no tienen servicio de correos nacionales sino departamentales;

Que hay en esas poblaciones Administradores de correos nacionales nombrados por la Dirección General del ramo y pagados del Erario nacional;

Que esos empleados solo tienen á su cargo el expendio de especies postales para el correo departamental y la rendición de las cuentas correspondientes, y

Que á los Telegrafistas de los lugares indicados pueden adscribírseles dichas funciones, sin costo alguno para el Tesoro,

DECRETA:

Artículo 1.° Desde el 1.° de Mayo próximo suprímense, por innecesarios los puestos de Administradores de correos en Jericó y Yarumal.
Artículo 2.° Los muebles y útiles que pertenecen á las respectivas Administraciones postales pasarán, mediante inventario, á las oficinas telegráficas de las poblaciones indicadas,
Artículo 3.° Los telegrafistas de esos lugares seguirán entendiéndose con el desempeño de las funciones que tenían á su cargo los Administradores de correos de que se trata.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá á 15 de Abril de 1911.

CARLOS E. RESTREPO

El Ministro de Gobierno,

JORGE ROA

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