Por el cual se autoriza una importación

Rango Decreto
Publicación 1955-01-24
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y especialmente de la que le confiere el Decreto ley número 2894 del corriente año,

DECRETA:

Artículo primero. Por razones de conveniencia general, autorízase a la Corporación de Defensa de Productos Agrícolas, para importar los elementos de hierro y acero necesarios para la construcción de las plantas de silos y almacenamiento de granos, en las ciuda de Pastó y El Banco.
Artículo segundo. Este Decretó regirá desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 16 de diciembre de 1954.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Agricultura,

Juan Guillermo Restrepo Jaramillo.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.