Por el cual se dispone que cesen en sus funciones los Comisionados para visitar las oficinas que administran Bienes desamortizados en los Estados de la Unión

Rango Decreto
Publicación 1875-07-31
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de los Estados Unidos de Colombia,

En atención a que en la lei 63 de 1875, 14 de junio, " de Presupuestos nacionales de Rentas i Gastos para la vijencia económica de 1875 a 1876," no se votó por el Congreso nacional la partida necesaria para pagar los nueve Comisionados especiales para visitar las oficinas que administran Bienes desamortizados en la Union,

decreta :

Artículo 1.° Desde el dia l.° de setiembre próximo cesarán en sus funciones los Comisionados para visitar las oficinas que administran Bienes desamortizados en los Estados de la Union.
Artículo 2.° Los empleados de que trata el artículo anterior, entregarán por inventario a los Administradores principales de Hacienda nacional de las capitales de los respectivos Estados, los documentos, periódicos oficiales i colecciones de leyes que tengan en su poder i pertenezcan a la Nacion.

.° En los Estados de Cundinamarca i el Tolima se entregaran los documentos mencionados, en el primero al Ajente jeneral de Bienes desamortizados, i en el segundo, al Administrador principal de Hacienda nacional en Ibagué.

Comuníquese.

Dado en Bogotá, a 29 de julio de 1875.

S. PÉREZ.

El Secretario del Tesoro i Crédito nacional,

J. M. Villamizar G.

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