Por el cual se traslada una partida en el Presupuesto de gastos de 1907

Rango Decreto
Publicación 1908-04-03
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y TESORO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

En uso de sus facultades legales

DECRETA:

Artículo único. Trasládase en el Presupuesto de gastos del año económico de 1907 la cantidad de seis mil ochocientos setenta y dos pesos treinta y tres centavos ($ 6,872-33) del capítulo 7.°, artículo 25, á las siguientes imputaciones:

MINISTERIO DE GOBIERNO

departamento de politica interior

Capítulo1.°

Asamblea Nacional - Personal.

Artículo 2°. Viáticos para los Diputados á la Asamblea Nacional en las sesiones extraordinarias de 1907, calculados desde las capitales de los Departamentos en que sean elegidos tanto de venida como

de regreso. $ 850

Capítulo 8 °

Gastos varios.

Artículo 32. Para el establecimiento de Colonias militares y penales, etc. etc. 2,000

departamento de justicia

Capítulo 17.

Juzgados de Circuito - Personal.

Artículo 165. Sueldo de los empleados del Juzgado de Circuito de Orocué en el año 22 33

Capítulo 19.

Gastos varios de Justicia.

Artículo 170. Para gastos que ocasionen los establecimientos de castigo. 4,000
Suma $ 6,872 33

Parágrafo. Las oficinas ordenadoras y pagadoras verificarán en sus libros las operaciones á que dé lugar el presente Decreto.

Publíquese.

Dado en Bogotá, á 30 de Marzo de 1908.

R. REYES

El Subsecretario de Hacienda encargado del Despacho,

B. Sanin Cano

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