Por el cual se deroga el Decreto 1754 de 1939
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo único. Derogase el Decreto número 1754, de 1º de septiembre de 1939, por medio del cual se dictaron medidas relacionadas con la constitución de reservas para gastos públicos.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de febrero de 1940.
Eduardo santos
El Ministro De Hacienda y Crédito Público,
Carlos lleras Restrepo
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