por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente. (Ministerios de Relaciones Exteriores y Hacienda y Crédito Público)
El Presidente de la República de Colombia
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
Que el Consejo de Ministros en su sesión del día 5 de febrero del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados en la Ley de Apropiaciones vigente, según consta en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1°. Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
Artículo 2º. El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 6 de febrero de 1946.
ALBERTO LLERAS
El Ministro de Relaciones Exteriores,
Fernando LONDOÑO LONDOÑO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de P. PÉREZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.