por el cual se concede una autorización

Rango Decreto
Publicación 1982-01-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo primero.Autorízase al Ministro de Hacienda y Crédito Público para gestionar, a nombre del Gobierno Nacional, un empréstito externo bajo la modalidad de apertura, utilización y financiación de cartas de crédito hasta por la suma de catorce millones once mil setecientos sesenta y cinco dólares (US$ 14.011.765) de los Estados Unidos de América, con un plazo de un (1) año, interés máximo sobre saldos deudores de medio por ciento(1/2%) anual sobre la tasa interbancaria de Londres para depósitos en dólares a seis (6) meses, y demás gastos y comisiones propios de esta clase de operaciones, destinados a financiar la adquisición de material paraelEjercito Nacional.
Artículo segundo.El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de diciembre de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, adhoc,

Federico Nieto Tafur

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