Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente -Ministerio de Educación Nacional)

Rango Decreto
Publicación 1955-01-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos Sin indexar
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales, y de conformidad con el Decreto legislativo número 1599 de 1953,

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

Ministerio de Educación Nacional. Ministerio de Educación Nacional. Ministerio de Educación Nacional.
CAPITULO 86 CAPITULO 86 CAPITULO 86
Ministerio, Personal y Material. Ministerio, Personal y Material. Ministerio, Personal y Material.
A2a. Del artículo 861. Para sueldos del personal del Ministerio, así: A2a. Del artículo 861. Para sueldos del personal del Ministerio, así: A2a. Del artículo 861. Para sueldos del personal del Ministerio, así:
Despacho del Ministro, Consejo Superior Permanente de Educación, Secretaria General, Departamento de Personal, Departamento de Contabilidad, Control y Administración, Departamento Jurídico, Sección de Becas Nacionales y demás dependencias, en el año $ 2.063.17
C1a (a). Del artículo 863. Para compra de vehículos para el servicio del Ministerio, en el año 500.00
C1a(b). Del artículo 864. Para conservación y sostenimiento de vehículos, así: C1a(b). Del artículo 864. Para conservación y sostenimiento de vehículos, así: C1a(b). Del artículo 864. Para conservación y sostenimiento de vehículos, así:
1° Para reparación, conservación, aseguro y repuestos de vehículos, en el presente año y anteriores 10.000.00
2° Para combustibles, lubricantes, grasas, arrendamiento de garajes y demás gastos similares inherentes a este servicio de los vehículos del Ministerio, en el presente año y anteriores 5.000.00 15.000.00
A2a. Del artículo 872. Para el pago de indemnizaciones por vacaciones, y en caso de cesantía, de conformidad con el artículo 2° de la Ley 72 de 1931, reconocidas en el presente año y anteriores 2.000.00
CAPITULO 87 CAPITULO 87 CAPITULO 87
Educación Primaria. Educación Primaria. Educación Primaria.
A1a. Del artículo 879. Para compra de material de enseñanza con destino a las Escuelas Públicas Primarias Oficiales, empaques, transportes, jornales, aseguros y demás gastos generales de este srevicio, en el año $ 12.060.15
Sección de Alfabetización. Sección de Alfabetización. Sección de Alfabetización.
A2a. Del artículo 881. Para sueldos del personal de la Sección y de los, Inspectores Nacionales de Alfabetización, en el año 373.54
A1a. Del artículo 884. Para gastos de la Campana de Alfabetización, en el año 10.000.00
CAPITULO 89 CAPITULO 89 CAPITULO 89
Educación Secundaria. Educación Secundaria. Educación Secundaria.
A2a.Del artículo 948. Para sueldos del personal e Inspectores del Departamento de Educación, Secundaría, en el año 8.400.08
Liceo Nacional de Varones. (Instituto "Lorenzo María Lleras") de Zipaquirá. Liceo Nacional de Varones. (Instituto "Lorenzo María Lleras") de Zipaquirá. Liceo Nacional de Varones. (Instituto "Lorenzo María Lleras") de Zipaquirá.
A2a. Del artículo 954. Para sueldos y alimentación del personal de este Liceo, en el año 300.48
Liceo Nacional de Varones "José Joaquín Casas" de Chiquinquirá. Liceo Nacional de Varones "José Joaquín Casas" de Chiquinquirá. Liceo Nacional de Varones "José Joaquín Casas" de Chiquinquirá.
A2a. Del artículo 957. Para sueldos y alimentación del personal de este Liceo en el año 2.756.74
Colegio "Pinillos"; de Mompós. Colegio "Pinillos"; de Mompós. Colegio "Pinillos"; de Mompós.
A2a. Del artículo 960. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 1.277.81
Colegio Nacional de Santa Librada de Neiva. Colegio Nacional de Santa Librada de Neiva. Colegio Nacional de Santa Librada de Neiva.
A2a. Del artículo 963. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 1.723.78
A1a. Del artículo 964. Para servicios, de energía, agua, aseo, teléléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones jornales, imprevistos y demás gastos de éste Colegio, en el año 1.040.00
Colegio "Simón Bolívar" de Garzón. Colegio "Simón Bolívar" de Garzón. Colegio "Simón Bolívar" de Garzón.
A2a. Del artículo 966. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 1.131.06
A1a. Del artículo 967. Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles, les de escritorio, deportes, alimentación de alumnos becados, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de este Colegio, en el año 1.260.00
Colegio Universitario de Vélez. Colegio Universitario de Vélez. Colegio Universitario de Vélez.
A2a. Del artículo 975. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 1.300.55
A1a. Del artículo 976. Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono; material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, alimentación de alumnos internos, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de este Colegio, en el año 240.00
Colegio Académico de Cartago. Colegio Académico de Cartago. Colegio Académico de Cartago.
A2a. Del artículo 978. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio; en el año 151.97
Colegio Oficial (Instituto "Isidro Parra"), del Líbano. Colegio Oficial (Instituto "Isidro Parra"), del Líbano. Colegio Oficial (Instituto "Isidro Parra"), del Líbano.
A2a. Del artículo 987. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 97.00
A1a. Del artículo 988. Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, alimentación de alumnos internos, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de este Colegio, en el año $ 260.00
Colegio "Universitario" del Socorro. Colegio "Universitario" del Socorro. Colegio "Universitario" del Socorro.
A2a. Del artículo 991. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 910.65
Colegio "Carrasquilla", de Quibdó. Colegio "Carrasquilla", de Quibdó. Colegio "Carrasquilla", de Quibdó.
A2a. Del artículo 994. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 920.00
Instituto "Nicolás Esguerra" de Bogotá. Instituto "Nicolás Esguerra" de Bogotá. Instituto "Nicolás Esguerra" de Bogotá.
A2a. Del artículo 1000. Para sueldos y pensiones alimenticias del personal de este Instituto, en el año 400.59
Colegio "Loperena" de Vatledupar. Colegio "Loperena" de Vatledupar. Colegio "Loperena" de Vatledupar.
A1a. Del artículo 1004. Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, alimentación de alumnos internos, reparaciones, jornales, imprevistos y demas gastos de este Colegio, en el año 360.00
Colegio de Bachillerato de El Banco (Magdalena). Colegio de Bachillerato de El Banco (Magdalena). Colegio de Bachillerato de El Banco (Magdalena).
A2a. Del artículo 1006. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 358.40
Instituto Técnico de Santander (Cauca). Instituto Técnico de Santander (Cauca). Instituto Técnico de Santander (Cauca).
A2a. Del artículo 1012. Para sueldos y alimentación del personal de este Instituto, en el año 455.00
Colegio de San José de. Guanentá, de San Gil. Colegio de San José de. Guanentá, de San Gil. Colegio de San José de. Guanentá, de San Gil.
A2a. Del artículo 1015. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 364.35
Colegio de Varones de Santa Rosa de Cabal (Caldas). Colegio de Varones de Santa Rosa de Cabal (Caldas). Colegio de Varones de Santa Rosa de Cabal (Caldas).
A2a. Del artículo 1018. Para sueldos y alimentación del personal de éste Colegio, en el año 993.30
Colegio Oficial de Varones de Riosucio (Caldas). Colegio Oficial de Varones de Riosucio (Caldas). Colegio Oficial de Varones de Riosucio (Caldas).
R2a. Del artículo 1021, Para sueldos y alimentación del personal de éste Colegio, en el año 1.084.48
A1a. Del artículo 1022. Para servicios de energía, agua; aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, alimentación de alumnos internos, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de este Colegio, en el año 1.380.00
Liceo "Padilla", de Ríohacha (Magdalena). Liceo "Padilla", de Ríohacha (Magdalena). Liceo "Padilla", de Ríohacha (Magdalena).
A2a. Del artículo 1024. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 1.654.30
Liceo "Tumaco" (Colegio de Varones, de Tumaco). Liceo "Tumaco" (Colegio de Varones, de Tumaco). Liceo "Tumaco" (Colegio de Varones, de Tumaco).
A2a. Del artículo 1027. Para sueldos y alimentación del personal de este Liceo, en el año 2.327.93
Colegio "Custodio García Rovirá", de Málaga. Colegio "Custodio García Rovirá", de Málaga. Colegio "Custodio García Rovirá", de Málaga.
A2a. Del artículo 1033. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 181.59
Colegio Nacional "San José", de Marinilla. Colegio Nacional "San José", de Marinilla. Colegio Nacional "San José", de Marinilla.
A2a. Del artículo 1036. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 53.01
A1a. Del artículo 1037. Para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, alimentación de alumnos internos, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de este Colegio, en el año $ 580.00
Colegio "San Luis Gonzaga", de Chinácota. Colegio "San Luis Gonzaga", de Chinácota. Colegio "San Luis Gonzaga", de Chinácota.
A2a. Del artículo 1041. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 339.50
A1a. Del artículo 1042. Para servicios ele energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes; drogas, alimentación de alumnos internos, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de este Colegio, en el año 120.00
Colegio "José María Córdoba", de Montería. Colegio "José María Córdoba", de Montería. Colegio "José María Córdoba", de Montería.
A2a. Del artículo 1044. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 1.304.80
A1a. Del artículo 1045. Para servicios de energía agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, .deportes, drogas, alimentación de alumnos internos, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de este Colegio, en el año 2.023.60
Colegio Nacional de Bachillerato "Lucio Pabón Núñez", de Bogotá. Colegio Nacional de Bachillerato "Lucio Pabón Núñez", de Bogotá. Colegio Nacional de Bachillerato "Lucio Pabón Núñez", de Bogotá.
A2a. Del artículo 1047. Para sueldos y sostenimiento en general de este Colegio, en el año 1.241.93
CAPITULO 90 CAPITULO 90 CAPITULO 90
Departamento Nacional de Educación Femenina. Departamento Nacional de Educación Femenina. Departamento Nacional de Educación Femenina.
A2a. Del artículo 1050. Para sueldos del personal e Inspectores del Departamento de Educación Femenina, en el año 2.468.34
A1a. Del artículo 1052. Para atender al pago de contratos por prestaciones de servicios técnicos, compra de material de enseñanza, dotación, empaques, jornales, transportes, asegures, imprevistos y demás gastos con destino a colegios nacionales y demás establecimientos dependientes del Departamento de Educación Femenina, en el año 843.75
Colonia Escolar de "La Enea", Colonia Escolar de "La Enea", Colonia Escolar de "La Enea",
(Manizales). (Manizales). (Manizales).
A2a. Del artículo 1068. Para sueldos y alimentación del personas de esta Colonia, en el año 82.45
Colonia Escolar de San Miguel de Perdomo (Cajamarca, Tolima). Colonia Escolar de San Miguel de Perdomo (Cajamarca, Tolima). Colonia Escolar de San Miguel de Perdomo (Cajamarca, Tolima).
A2a. Del artículo 1047. Para sueldos y alimentación del personal de esta Colonia, en el año 422.72
Colonia Escolar de Pamplona (Norte de Santander) Colonia Escolar de Pamplona (Norte de Santander) Colonia Escolar de Pamplona (Norte de Santander)
A1a. Del artículo 1078. Para alimentación de alumnos becados, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Colonia, en el año 1.085.05
Colonia Escolar de Versalles (Valle). Colonia Escolar de Versalles (Valle). Colonia Escolar de Versalles (Valle).
A2a. Del artículo 1083. Para sueldos y alimentación del personal de esta Colonia, en el año 4.006.10
A2a. Del artículo 1084. Para alimentación de alumnos becados, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Colonia, en el año 3.570.00
Instituto Politécnico Femenino, de Bogotá. Instituto Politécnico Femenino, de Bogotá. Instituto Politécnico Femenino, de Bogotá.
A2a. Del artículo 1090. Para sueldos y alimentación del personal de este Instituto, en el año 1.077.05
Instituto Politécnico Femenino, de Cartagena. Instituto Politécnico Femenino, de Cartagena. Instituto Politécnico Femenino, de Cartagena.
A2a. Del artículo 1093. Para sueldos y alimentación del personal de este Instituto, en el año $ 2.105.42
Instituto Politécnico Femenino, del Carmen (Bolívar). Instituto Politécnico Femenino, del Carmen (Bolívar). Instituto Politécnico Femenino, del Carmen (Bolívar).
A2a. Del artículo 1102. Para sueldos y alimentación del personal de este Instituto, en el año 455.22
Colegio Mayor de Cultura Femenina, de Cundinamarca. Colegio Mayor de Cultura Femenina, de Cundinamarca. Colegio Mayor de Cultura Femenina, de Cundinamarca.
A2a. Del artículo 1111. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 1.168.64
Colegio Mayor de Cultura Femenina, de Bolívar. Colegio Mayor de Cultura Femenina, de Bolívar. Colegio Mayor de Cultura Femenina, de Bolívar.
A2a. Del artículo 1117. Para sueldos y alimentación del personal de este Colegio, en el año 2.532.30
Escuela de Visitadoras de Hogares Campesinos, de Cajicá. Escuela de Visitadoras de Hogares Campesinos, de Cajicá. Escuela de Visitadoras de Hogares Campesinos, de Cajicá.
A2a. Del artículo 1120. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 993.55
Liceo Nacional Femenino "Antonia Santos", de Bogotá. Liceo Nacional Femenino "Antonia Santos", de Bogotá. Liceo Nacional Femenino "Antonia Santos", de Bogotá.
A2a. Del artículo 1123. Para sueldos y alimentación del personal de este Liceo, en el año 800.00
Liceo Nacional Femenino, de Zipaquirá. Liceo Nacional Femenino, de Zipaquirá. Liceo Nacional Femenino, de Zipaquirá.
A2a. Del artículo 1126. Para sueldos y alimentación del personal de este Liceo, en el año 2.590.00
Instituto Femenino de Cultura Popular, de Bogotá. Instituto Femenino de Cultura Popular, de Bogotá. Instituto Femenino de Cultura Popular, de Bogotá.
A2a. Del artículo 1129. Para sueldos y sostenimiento en general de este Instituto, en el año 1.681.01
CAPITULO 91 CAPITULO 91 CAPITULO 91
Educación Normalista. Educación Normalista. Educación Normalista.
Escuela Normal Superior de Varones, de Barranquilla. Escuela Normal Superior de Varones, de Barranquilla. Escuela Normal Superior de Varones, de Barranquilla.
A2a. Del artículo1139. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 383.93
Escuela Normal Superior de Señoritas, de Ibagué. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Ibagué. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Ibagué.
A2a. Del artículo 1142. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 388.00
Escuela Normal Superior de Varones, de Medellín. Escuela Normal Superior de Varones, de Medellín. Escuela Normal Superior de Varones, de Medellín.
A2a. Del artículo 1145. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en, el año 1.624.72
A1a. Del artículo 1146. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Normal, en el año 123.33
Escuela Normal Superior de Señoritas, de Popayán. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Popayán. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Popayán.
A2a. Del artículo 1148. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 552.92
Escuela Normal Superior de Varones, de Pasto. Escuela Normal Superior de Varones, de Pasto. Escuela Normal Superior de Varones, de Pasto.
A2a. Del artículo 1151. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 1.032.94
A1a. Del artículo 1152. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Normal, en el año 900.00
Escuela Normal Superior de Señoritas, de Popayán. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Popayán. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Popayán.
A2a. Del artículo 1154. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año $ 855.49
A1a. Del artículo 1155. Para alimentación de alumnas becadas, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Normal, en el año 900.00
Escuela Normal Superior de Varones, de Quibdó. Escuela Normal Superior de Varones, de Quibdó. Escuela Normal Superior de Varones, de Quibdó.
A2a. Del artículo 1157. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 1.862.40
A1a. Del artículo 1158. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Normal, en el año 275.00
Escuela Normal Superior de Señoritas, de Santa Marta. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Santa Marta. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Santa Marta.
A2a. Del artículo 1103.Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 642.70
A1a. Del artículo 164. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Normal, en el año 100.00
Escuela Normal Superior de Varones, de Manizales. Escuela Normal Superior de Varones, de Manizales. Escuela Normal Superior de Varones, de Manizales.
A2a. Del artículo 1166. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 224.90
Escuela Normal Superior de Señoritas, de Bucaramanga. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Bucaramanga. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Bucaramanga.
A2a. Del artículo 1169. Para .sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 855.57
Escuela Normal Superior de Señoritas, de Manizales. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Manizales. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Manizales.
A2a. Del artículo 1178. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 92.82
Escuela Normal Regular para Señoritas, de Puente Nacional. Escuela Normal Regular para Señoritas, de Puente Nacional. Escuela Normal Regular para Señoritas, de Puente Nacional.
A2a. Del artículo 1184. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 297.68
Escuela Normal Superior de Varones, de Pitalito. Escuela Normal Superior de Varones, de Pitalito. Escuela Normal Superior de Varones, de Pitalito.
A2a. Del artículo 1187. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 2.410.11
A1a. Del artículo 1188. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material e enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Normal, en el año 2.310.00
Escuela Normal Superior de Señoritas, de Ocaña. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Ocaña. Escuela Normal Superior de Señoritas, de Ocaña.
A2a. Del artículo 1190. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 1.079.10
A1a. Del artículo 1191. Para alimentación de alumnas becadas, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Normal, en el año 100.00
Instituto Pedagógico Femenino, de Pamplona. Instituto Pedagógico Femenino, de Pamplona. Instituto Pedagógico Femenino, de Pamplona.
A2a. Del artículo 1196. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año $ 97.00
A1a. Del artículo 1197. Para alimentación de alumnas becadas, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Normal, en el año 50.00
CAPITULO 92 CAPITULO 92 CAPITULO 92
Educación Técnica. Educación Técnica. Educación Técnica.
A2a. Del artículo 1209.Para sueldos del personal del Departamento de Educación Técnica y de los Inspectores de Educación Técnica, en el año 405.47
Instituto Técnico Superior "Pascual Bravo", de Medellín. Instituto Técnico Superior "Pascual Bravo", de Medellín. Instituto Técnico Superior "Pascual Bravo", de Medellín.
A2a. Del artículo 1215. Para sueldos y alimentación del personal de este Instituto, en el año 9.531.22
A1a. Del artículo 1216. Para alimentación de alumnos becados, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de este Instituto; en el año 520.00
Escuela Normal Industrial, Anexa al Instituto "Pascual Bravo", de Medellín. Escuela Normal Industrial, Anexa al Instituto "Pascual Bravo", de Medellín. Escuela Normal Industrial, Anexa al Instituto "Pascual Bravo", de Medellín.
A2a. Del artículo 1218. Para sueldos y alimentación del personal de esta Normal, en el año 2.541.73
Escuela Superior de Artes y Oficios, de Neiva. Escuela Superior de Artes y Oficios, de Neiva. Escuela Superior de Artes y Oficios, de Neiva.
A2a. Del artículo 1231. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 3.732.22
A1a. Del artículo 1232. Para alimentación de alumnos becados, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 150.00
Escuela Superior de Artes y Oficios, de Santa Marta. Escuela Superior de Artes y Oficios, de Santa Marta. Escuela Superior de Artes y Oficios, de Santa Marta.
A2a. Del artículo 1234. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 2.384.92
Escuela Superior de Artes y Oficios, de Carmen de Viboral. Escuela Superior de Artes y Oficios, de Carmen de Viboral. Escuela Superior de Artes y Oficios, de Carmen de Viboral.
A2a. Del artículo 123.7. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.588.43
A1a. Del artículo 1238. Para alimentación de alumnos becados, servicios, de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, .reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 1.017.00
Escuela Media de Artes y Oficios de Barichara. Escuela Media de Artes y Oficios de Barichara. Escuela Media de Artes y Oficios de Barichara.
A2a. Del artículo 1240. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 837.23
A1a. Del artículo 1241. Para alimentación de alumnos becados, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 2.397.00
Escuela Superior de Artes y Oficios, de Facatativá. Escuela Superior de Artes y Oficios, de Facatativá. Escuela Superior de Artes y Oficios, de Facatativá.
A2a. Del artículo 1249. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 2.845.10
Escuela Media de Artes y Oficios, de Puente Nacional. Escuela Media de Artes y Oficios, de Puente Nacional. Escuela Media de Artes y Oficios, de Puente Nacional.
A2a. Del artículo 1255. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año $ 946.82
A1a. Del artículo 1256. Para alimentación de alumnos becados, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 225.00
Escuela Media de Artes y Oficios, de Valledupar. Escuela Media de Artes y Oficios, de Valledupar. Escuela Media de Artes y Oficios, de Valledupar.
A2a. Del artículo 1258. Para sueldos y alimentación de! personal de esta Escuela, en el año 432.43
A1a. Del artículo 1259. Para alimentación de alumnos becados, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 2.640.00
Escuela Media de Artes y Oficios, de Sonsón. Escuela Media de Artes y Oficios, de Sonsón. Escuela Media de Artes y Oficios, de Sonsón.
A2a. Del artículo 1261. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.235.65
Escuela Media de Artes y Oficios, de Santa Rosa de Cabal. Escuela Media de Artes y Oficios, de Santa Rosa de Cabal. Escuela Media de Artes y Oficios, de Santa Rosa de Cabal.
A2a. Del artículo 1264. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 110.75
Escuela Artesanal, de Guasca. Escuela Artesanal, de Guasca. Escuela Artesanal, de Guasca.
A2a. Del artículo. 1276. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 501.76
A1a. Del artículo 1277. Para alimentación de alumnos becados, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 576.00
Escuela Artesanal, de Florencia. Escuela Artesanal, de Florencia. Escuela Artesanal, de Florencia.
A2a. Del artículo 1279. Para sueldos y alimentación del personal de ésta Escuela, en el año 1.175.64
Escuela Media de Artes y Oficios, San. Gil. Escuela Media de Artes y Oficios, San. Gil. Escuela Media de Artes y Oficios, San. Gil.
A2a. Del artículo. 1285. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.522.98
Nuevos Planteles. Nuevos Planteles. Nuevos Planteles.
A1a. Del artículo 1291. Para la nacionalización de las Escuelas Medias de Artes y Oficios de Villavicencio (Meta), y Zipaquirá (Cundinamarca), y creación del Instituto de Experimentación Industrial, anexo al Instituto Técnico Central de. Bogotá, en el año 3.769.16
CAPITULO 93 CAPITULO 93 CAPITULO 93
Educación Campesina. Educación Campesina. Educación Campesina.
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Zetaquirá, Boyacá. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Zetaquirá, Boyacá. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Zetaquirá, Boyacá.
A2a. Del artículo 1320. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 2.412.05
A1a. Del artículo 1321. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material, de enseñanza, útiles de escritorio, compra de fungicidas, insecticidas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 600.00
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Umbita, Boyacá. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Umbita, Boyacá. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Umbita, Boyacá.
A2a. Del artículo 1323. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.566.13
Escuela Complementaría (Vocacional) Agrícola de Belalcázar, Cauca. Escuela Complementaría (Vocacional) Agrícola de Belalcázar, Cauca. Escuela Complementaría (Vocacional) Agrícola de Belalcázar, Cauca.
A2a. Del artículo 1335. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.078.39
Escuela Complementaría (Vocacional) Agrícola, de Anolaima, Cundinamarca. Escuela Complementaría (Vocacional) Agrícola, de Anolaima, Cundinamarca. Escuela Complementaría (Vocacional) Agrícola, de Anolaima, Cundinamarca.
A2a. Del artículo 1346. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 754.98
A1a. Del artículo 1347. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 3.719.86
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de, Valsálice, Fusagasugá, Cundinamarca. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de, Valsálice, Fusagasugá, Cundinamarca. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de, Valsálice, Fusagasugá, Cundinamarca.
A2a. Del artículo 1349. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 669.01
A1a. Del artículo 1350. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 100.00
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Carmen de Atrato, Chocó. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Carmen de Atrato, Chocó. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Carmen de Atrato, Chocó.
A2a. Del artículo 1352. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 3.530.73
A1a. Del artículo 1353. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 4.069.24
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Aracataca, Magdalena. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Aracataca, Magdalena. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Aracataca, Magdalena.
A2a. Del artículo 1305. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 2.677.20
A1a. Del artículo 1366. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 4.650.00
Escuela Complementaría (Vocacional) Agrícola de Guacavía Restrepo, Meta. Escuela Complementaría (Vocacional) Agrícola de Guacavía Restrepo, Meta. Escuela Complementaría (Vocacional) Agrícola de Guacavía Restrepo, Meta.
A2a. Del artículo 1.371. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.917.30
A1a. Del artículo 1372. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 1.179.10
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Pupiales, Nariño. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Pupiales, Nariño. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Pupiales, Nariño.
A2a. Del artículo 1374. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.065.85
A1a. Del artículo 1375. Para alimentación de alumnos, becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 1.862.00
Curso Piloto para Campesinos Adultos, Anexo a la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pupiales. Curso Piloto para Campesinos Adultos, Anexo a la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pupiales. Curso Piloto para Campesinos Adultos, Anexo a la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pupiales.
A2a. Del artículo 1377. Para sueldos y alimentación del personal de este Curso, en el año $ 4.587.07
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de SA1azar, Norte de Santander. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de SA1azar, Norte de Santander. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de SA1azar, Norte de Santander.
A2a. Del artículo 1391. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 984.12
A1a. Del artículo 1392. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 900.00
Curso Piloto para Campesinos Adultos, Anexo a la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de SA1azar. Curso Piloto para Campesinos Adultos, Anexo a la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de SA1azar. Curso Piloto para Campesinos Adultos, Anexo a la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de SA1azar.
A2a. Del artículo 1394. Para sueldos y alimentación del personal de este Curso, en el año 1.136.26
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pamplona, Norte de Santander. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pamplona, Norte de Santander. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Pamplona, Norte de Santander.
A2a. Del artículo 1402. Para sueldos y alimentación, del personal de esta Escuela, en el año 1.739.14
A1a. Del artículo 1403. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritrorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 4.835.50
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Alto Jordán, Vélez Santander. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Alto Jordán, Vélez Santander. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Alto Jordán, Vélez Santander.
A2a. Del artículo 1405. Para sueldos y alimentación del personal de esta: Escuela, en el año 1.496.86
Escuela Complementaria. (Vocacional) Agrícola de Guaca, Santander. Escuela Complementaria. (Vocacional) Agrícola de Guaca, Santander. Escuela Complementaria. (Vocacional) Agrícola de Guaca, Santander.
A2a. Del artículo 1408. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 373.33
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Mogotes, Santander. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Mogotes, Santander. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Mogotes, Santander.
A2a. Del artículo 1411. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.564.80
A1a. Del artículo 1412. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 1.950.00
Curso Piloto para Campesinos Adultos, Anexo, a la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Mogotes, Santander. Curso Piloto para Campesinos Adultos, Anexo, a la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Mogotes, Santander. Curso Piloto para Campesinos Adultos, Anexo, a la Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola, de Mogotes, Santander.
A2a. Del artículo 1414. Para sueldos y alimentación del personal de este Curso, en el año 526.25
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de San Andrés, Santander. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de San Andrés, Santander. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de San Andrés, Santander.
A2a. Del artículo 1416. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.600.00
A1a. Del artículo 1417. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 118.36
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Carcasí, Santander. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Carcasí, Santander. Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de Carcasí, Santander.
A2a. Del artículo 1419. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año $ 544.78
A1a. Del artículo 1420. Para alimentación de alumnos becados, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos, y demás gastos de esta Escuela, en el año 350.00
Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de FA1an, Tolima Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de FA1an, Tolima Escuela Complementaria (Vocacional) Agrícola de FA1an, Tolima
A2a. Del artículo 1422. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 372.81
Escuela Hogar para Campesinas, de Boavita, Boyacá. Escuela Hogar para Campesinas, de Boavita, Boyacá. Escuela Hogar para Campesinas, de Boavita, Boyacá.
A2a. Del artículo 1440. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 157.42
Escuela Hogar para Campesinas, de Somondoco, Boyacá. Escuela Hogar para Campesinas, de Somondoco, Boyacá. Escuela Hogar para Campesinas, de Somondoco, Boyacá.
A2a. Del artículo 1443. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 857.67
Escuela Hogar para Campesinas, de Tenza, Boyacá. Escuela Hogar para Campesinas, de Tenza, Boyacá. Escuela Hogar para Campesinas, de Tenza, Boyacá.
A2a. Del artículo 1446. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 232.80
Escuela Hogar para Campesinas, de Paipa, Boyacá. Escuela Hogar para Campesinas, de Paipa, Boyacá. Escuela Hogar para Campesinas, de Paipa, Boyacá.
A2a. Del artículo 1452. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 152.76
Escuela Hogar para Campesinas, de Guayatá, Boyacá. Escuela Hogar para Campesinas, de Guayatá, Boyacá. Escuela Hogar para Campesinas, de Guayatá, Boyacá.
A2a. Del artículo 145.5 Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 224.54
Escuela Hogar para Campesinas, de Anolaima, Cundinamarca. Escuela Hogar para Campesinas, de Anolaima, Cundinamarca. Escuela Hogar para Campesinas, de Anolaima, Cundinamarca.
A2a. Del artículo 1458. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 865.24
Escuela Hogar para Campesinas, de Tibirita, Cundinamarca. Escuela Hogar para Campesinas, de Tibirita, Cundinamarca. Escuela Hogar para Campesinas, de Tibirita, Cundinamarca.
A2a. Del artículo 1461. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 885.24
Escuela Hogar para Campesinas, de Quetame, Cundinamarca. Escuela Hogar para Campesinas, de Quetame, Cundinamarca. Escuela Hogar para Campesinas, de Quetame, Cundinamarca.
A2a. Del artículo 1464. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 328.83
Escuela Hogar para Campesinas, de Sesquile, Cundinamarca. Escuela Hogar para Campesinas, de Sesquile, Cundinamarca. Escuela Hogar para Campesinas, de Sesquile, Cundinamarca.
A2a. Del artículo 1467. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 133.53
Escuela Hogar para Campesinas, Ubalá, Cundinamarca. Escuela Hogar para Campesinas, Ubalá, Cundinamarca. Escuela Hogar para Campesinas, Ubalá, Cundinamarca.
A2a. Del artículo 1469-A. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 2.633.36
A1a. Del artículo 1469-B. Para alimentación de alumnas becadas, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 4.500.00
Escuela Hogar para Campesinas, de Silvia, Cauca. Escuela Hogar para Campesinas, de Silvia, Cauca. Escuela Hogar para Campesinas, de Silvia, Cauca.
A2a. Del artículo .1476. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.423.17
Escuela Hogar para Campesinas, de San Vicente del Caguán, Caquetá. Escuela Hogar para Campesinas, de San Vicente del Caguán, Caquetá. Escuela Hogar para Campesinas, de San Vicente del Caguán, Caquetá.
A2a. Del artículo 1479. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año $ 1.289.30
Escuela Hogar para Campesinas, de Pital, Huila. Escuela Hogar para Campesinas, de Pital, Huila. Escuela Hogar para Campesinas, de Pital, Huila.
A2a. Del artículo 1482. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.605.63
A1a. Del artículo 1483. Para alimentación de alumnas becadas, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza; útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 1.260.00
Escuela Hogar para Campesinas, de Cucutilla, Norte de Santander. Escuela Hogar para Campesinas, de Cucutilla, Norte de Santander. Escuela Hogar para Campesinas, de Cucutilla, Norte de Santander.
A2a. Del artículo 1491. Para sueldos y alimentación del personal de esta escuela, en el año 1.400.00
Escuela Hogar para Campesinas, de Santiago, Norte de Santander. Escuela Hogar para Campesinas, de Santiago, Norte de Santander. Escuela Hogar para Campesinas, de Santiago, Norte de Santander.
A2a. Del artículo 1494. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 484.89
Escuela Hogar para Campesinas, de Molagavita, Santander. Escuela Hogar para Campesinas, de Molagavita, Santander. Escuela Hogar para Campesinas, de Molagavita, Santander.
A2a. Del artículo 1500. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 996.223
Escuela Hogar para Campesinas, de Piedecuesta, Santander. Escuela Hogar para Campesinas, de Piedecuesta, Santander. Escuela Hogar para Campesinas, de Piedecuesta, Santander.
A2a. Del artículo 1503. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 459.10
A1a. Del artículo 1504. Para alimentación de alumnas becadas, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, compra de insecticidas, fungicidas, drogas, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 2.025.00
Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Florencia, Caquetá. Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Florencia, Caquetá. Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Florencia, Caquetá.
A2a. Del artículo 1512. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.356.50
Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Sincelejo, Bolívar. Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Sincelejo, Bolívar. Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Sincelejo, Bolívar.
A2a. Del artículo 1521. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 9.993.93
A1a. Del artículo 1.522. Para alimentación de alumnas internas, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año 5.526.50
Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Mompós, Bolívar. Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Mompós, Bolívar. Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Mompós, Bolívar.
A2a. Del artículo 1524. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 5.061.20
Escuela Normal de Rurales para Señoritas "Mariano Ospina Rodríguez", de Guasca, Cundinamarca. Escuela Normal de Rurales para Señoritas "Mariano Ospina Rodríguez", de Guasca, Cundinamarca. Escuela Normal de Rurales para Señoritas "Mariano Ospina Rodríguez", de Guasca, Cundinamarca.
A2a. Del artículo 1530. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 2.220.82
Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Istmina, Chocó. Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Istmina, Chocó. Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Istmina, Chocó.
A2a. Del artículo 1533. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 8.834.60
Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Gigante, Huila. Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Gigante, Huila. Escuela Normal de Rurales para Señoritas, de Gigante, Huila.
A1a. Del artículo 1537. Para alimentación de alumnas internas, restaurante escolar, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, deportes, drogas, excursiones, reparaciones, jornales, imprevistos y demás gastos de esta Escuela, en el año $ 2.025.00
Escuela Normal de Rurales para Señoritas "Francisco de Paula Santander", de Málaga, Santander. Escuela Normal de Rurales para Señoritas "Francisco de Paula Santander", de Málaga, Santander. Escuela Normal de Rurales para Señoritas "Francisco de Paula Santander", de Málaga, Santander.
A2a. Del artículo 1542. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 6.268.14
Escuela Normal de Rurales para Varones "José Eusebio Caro", de Popayán, Cauca. Escuela Normal de Rurales para Varones "José Eusebio Caro", de Popayán, Cauca. Escuela Normal de Rurales para Varones "José Eusebio Caro", de Popayán, Cauca.
A2a. Del artículo 1548. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 4.297.10
Escuela Superior de Economía Doméstica, de Bogotá. Escuela Superior de Economía Doméstica, de Bogotá. Escuela Superior de Economía Doméstica, de Bogotá.
A2a. Del artículo 1560. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 1.173.43
CAPITULO 95 CAPITULO 95 CAPITULO 95
Cultura Popular y Extensión Artística y Museos. Cultura Popular y Extensión Artística y Museos. Cultura Popular y Extensión Artística y Museos.
A2a. Del artículo 1583. Para sueldos del personal del Departamento, de Cultura Popular y Extensión Artística, en el año 318.32
Exposiciones. Exposiciones. Exposiciones.
A1a. Del artículo. 1586. Para gastos de organización, decoración y arreglo de exposiciones de arte, pago de jornales, premios de las exposiciones y concursos artísticos organización de la Feria del Libro; compra de obras de arte nacionales y extranjeras, imprevistos y demás gastos similares que demande este servicio, en el año 3.000.00
Cultura Popular y Cinematografía. Cultura Popular y Cinematografía. Cultura Popular y Cinematografía.
C1e(a). Del artículo 1588. Para compra de equipos de proyección, película virgen, adquisición de películas educativas, compra de documentales y noticieros del país, repuestos y reparaciones de los equinos, ingredientes químicos para el laboratorio, jornales, transportes, imprevistos y demás gastos similares, en el año 5.000.00
Teatro Cultural. Teatro Cultural. Teatro Cultural.
A1a. Del artículo 1589. Para decoración, vestuario, silletería, dotación, aseguros, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, imprevistos y demás gastos similares del Teatro Cultural, en el año 3.000.00
Escuela de Arte Dramático, Anexa al Teatro de Colón. Escuela de Arte Dramático, Anexa al Teatro de Colón. Escuela de Arte Dramático, Anexa al Teatro de Colón.
A2a. Del artículo 1593. Para sueldos del personal de esta Escuela, en el año 2.255.57
A1a. Del artículo 1591. Para decoración, vestuario, dotación, aseguros, jornales, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, reformas ornamentales, silletería para el Teatro Experimental, imprevistos y demás gastos similares de esta Escuela, en el año 3.000.00
CAPITULO 95 CAPITULO 95 CAPITULO 95
Educación Física. Educación Física. Educación Física.
Escuela Nacional de Educación Física Masculina. Escuela Nacional de Educación Física Masculina. Escuela Nacional de Educación Física Masculina.
A2a. Del artículo 1619. Para sueldos y alimentación del personal de esta Escuela, en el año 2.648.44
CAPITULO 100 CAPITULO 100 CAPITULO 100
Equipo de Calzado Escolar. Equipo de Calzado Escolar. Equipo de Calzado Escolar.
A2a. Del artículo 1661. Para sueldos del personal del Equipo de Calzado Escolar, en el año 223.11
CAPITULO 103 CAPITULO 103 CAPITULO 103
Auxilios. Auxilios. Auxilios.
Departamento del Cauca. Departamento del Cauca. Departamento del Cauca.
B31. Del artículo 1841. Para auxiliar a la Escuela Complementaria de Artes y Oficios, de El Bordo $ 1.500.00
Suman los contracréditos $ 307.704.00
CAPITULO 86 CAPITULO 86 CAPITULO 86
Ministerio, Personal y Material. Ministerio, Personal y Material. Ministerio, Personal y Material.
A1a. Al artículo 867. Pana útiles de escritorio, formularios, libros y registros de contabilidad, control, estadística y oíros usos; pastas e Índices para los mismos, encuadernaron y empaste, en el año 5.000.00
A1a. Al artículo 869. Para compra de libros de consulta, suscripciones a periódicos y revistas nacionales y extranjeros, publicaciones oficiales del ramo y otros gastos similares inherentes a estos mismos servicios, en el presente año y anteriores 5.000.00
A2a. Al artículo 873. Para pagar al personal del Ministerio de Educación Nacional la Prima de Navidad creada por la Ley 45 de 1945, de conformidad con el Decreto legislativo 2501 de 1953 y el reglamentario número 3239 del mismo año, en la presente vigencia fiscal y anteriores 200.000.00
A1a. Al artículo 875. Para portes aéreos y terrestres, empaques, acarreos, aseguro y transporte de elementos, en el presente año y anteriores 3.000.00
A1a. Al artículo 876. Para extraordinarios e imprevistos, en la presente vigencia y anteriores, y gastos menores no contemplados en los artículos precedentes, en el año 21.704.00
CAPITULO 91 CAPITULO 91 CAPITULO 91
Educación Normalista. Educación Normalista. Educación Normalista.
A1a. Al artículo 1138. Para compra de material de enseñanza, dotación con destino a las Escuelas Normales Nacionales dependientes de este Departamento, empaques, transportes, acarreos, imprevistos y demás gastos de este servicio, en el año 2.000.00
CAPITULO 92 CAPITULO 92 CAPITULO 92
Educación Técnica. Educación Técnica. Educación Técnica.
A1a. Al artículo 1211. Para compra de material de enseñanza, dotación con destino a los establecimientos dependientes de este Departamento, empaques, transportes, aseguros y demás gastos de este servicio, en el año 5.000.00
CAPITULO 93 CAPITULO 93 CAPITULO 93
Educación Campesina. Educación Campesina. Educación Campesina.
C1e(a). Al artículo 1469-C. Para dotación de esta Escuela, en el año (Hogar para Campesinas, de Ubalá) 7.000.00
CAPITULO 95 CAPITULO 95 CAPITULO 95
Cultura Popular y Extensión Artística y Museos-Publicaciones. Cultura Popular y Extensión Artística y Museos-Publicaciones. Cultura Popular y Extensión Artística y Museos-Publicaciones.
C1e(a). Al artículo 1584. Para publicación de obras de la Biblioteca de Autores Colombianos y Biblioteca de Cultura Popular y demás gastos similares de este servicio, en el año 15.000.00
Cultura Popular y Cinematografía. Cultura Popular y Cinematografía. Cultura Popular y Cinematografía.
A1a. Al artículo 15S7. Para gastos generales de difusión y propaganda cultural, concursos artísticos populares, conciertos, conferencias culturales, jornales y demás gastos similares, en el año 5.000.00
Teatro de Colón. Teatro de Colón. Teatro de Colón.
A1a. Al artículo 1591. Para aseguros, reparaciones, jornales, reformas ornamentales, servicios de energía, agua, aseo, teléfono, imprevistos y demás gastos del Teatro de Colón, en el año 5.000.00
CAPITULO 103 CAPITULO 103 CAPITULO 103
Auxilios. Auxilios. Auxilios.
Departamento del Cauca. Departamento del Cauca. Departamento del Cauca.
B3I. Al artículo 1852. Para auxiliar a la Escuela de San Agustín, Hermanas de la Caridad, de Popayán $ 5.000.00
Departamento de Cundinamarca. Departamento de Cundinamarca. Departamento de Cundinamarca.
B3I. Al artículo 1931. Para auxiliar al Colegio de Varones de Nemocón 7.000.00
B3I. Al artículo 1933. Para auxiliar al Instituto Tihamer Tooth, de Bogotá 2.000.00
Departamento del Huila. Departamento del Huila. Departamento del Huila.
B3I. Al artículo 1956. Para Auxiliar al Colegio de San Vicente, de Neiva 2.000.00
Departamento del Valle. Departamento del Valle. Departamento del Valle.
B3I. Al artículo 2057. Para auxilira al Colegio Académico de Buga 15.000.00
CAPITULO 104 CAPITULO 104 CAPITULO 104
Construcciones, Adiciones y Mejoras. Construcciones, Adiciones y Mejoras. Construcciones, Adiciones y Mejoras.
C1e(a). Al artículo 2120. Para atender a la construcción, reparaciones, adiciones y mejoras de edificios con destino a establecimientos de educación en el país, compra de terrenos, locales o edificios para los mismos establecimientos y otras construcciones, según distribución que hará el Gobierno conforme a leyes preexistentes y a las neecsidades del servicio, en el año 3.000.00
Suman los créditos $ 307.704.00

Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de diciembre de 1954.

Gral. Jefe Supremo GUSTAVO ROJAS PINILLA,

Presidente de Colombia.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Carlos Villaveces.

El Ministro de Educación Nacional,

Aurelio Caicedo Ayerbe.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de SUIN-Juriscol, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. SUIN-Juriscol
Dominio público (textos oficiales del Estado, libre reproducción)