Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto vigente (Ministerio de Obras Públicas)

Rango Decreto
Publicación 1950-12-22
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus atribuciones legales, y especialmente de las que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y

CONSIDERANDO:

DECRETA:

Artículo primero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos vigente:

MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS

Capítulo 118.
Del artículo 1702. Para continuar los Cuarteles de Santa Marta $ 29.725.13
Del artículo 1705. Para continuar los Cuarteles 4e Cúcuta 47.237.02
Suman los contracréditos $ 76.962.15
Capítulo 118.
Al artículo 1698-A. Para la construcción de los Cuarteles destinados al Batallón de Ferrocarrileros "Mejía", en Bogotá, Ley 53 de 1935 $ 76.962.15
Suman los créditos $ 76.962.15
Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha. Artículo segundo. El presente Decreto rige desde su fecha.
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Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 12 de diciembre de 1950.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Gobierno, Domingo SARASTY-El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Guerra, Gonzalo RESTREPO JARAMILLO-El Ministro de Justicia, Guillermo AMAYA RAMIREZ-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARRENECHE. El Ministro de Agricultura y Ganadería, Alejandro ANGEL ESCOBAR-El Ministro del Trabajo, Alfredo ARAUJO GRAU-El Ministro de Higiene, Alonso CARVAJAL PERALTA-El Ministro de Minas y Petróleos, encargado del Ministerio de Comercio e Industrias, Manuel CARVAJAL SINISTERRA-El Ministro de Educación Nacional, Antonio ALVAREZ RESTREPO-El Ministro de Correos y Telégrafos, José Tomás ANGULO-El Ministro de Obras Públicas, Jorge LEYVA.

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