por el cual se nombra un cuerpo consultivo para el control de la campaña de la langosta

Rango Decreto
Publicación 1947-01-04
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE LA ECONOMIA NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Créase un Comité Consultivo de la Dirección Nacional de Agricultores que Jo asesore en la campaña iniciada para el control de la langosta integrado por los señores Gerente de la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, el Gerente de la Federación Nacional de Cafeteros y el Presidente de la Sociedad de Agricultores de Colombia.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 24 de diciembre de 1946.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de la Economía Nacional,

Antonio María PRADILLA

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