por el cual se modifica el detalle del aplazamiento contenido en los Decretos 325 del 3 de febrero de 2010
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales, y en particular, las previstas en los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;
Que el Gobierno Nacional previo concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 325 de 2010 mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación por la suma de $5.822,2 mil millones;
Que el Consejo de Ministros, el 21 de enero de 2010 facultó al Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, para emitir el concepto previo de que trata el artículo 76 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en el evento en que nuevas circunstancias permitan modificar o levantar el aplazamiento total o parcialmente;
Que el artículo 5° del Decreto 325 del 3 de febrero de 2010, estableció que el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, podrá sustituir una apropiación aplazada por otra, siempre que se mantenga el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo;
Que La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, mediante Comunicaciones números 100202206-615 y 100202206-649 del 2 y 22 de septiembre de 2010, respectivamente, solicitó modificar el aplazamiento de algunas partidas del presupuesto de gastos de inversión incluidas en el Decreto 325 de 2010; sobre el cual el Departamento Nacional de Planeación, DNP, emitió concepto favorable mediante Oficios números DIFP-20102650004616 y DIFP-20102650004626 del 29 de septiembre de 2010;
Que la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante Comunicación número 3-2010-020484 del 3 de septiembre de 2010, informa que se estiman sobrantes de apropiación por valor de $482.747.8 millones de los cuales se utilizan $32.3 mil millones en el presente decreto, en el rubro 3-2-2-5- Financiación Pensiones ISS Negocio de Pensiones artículo 138 Ley 100 de 1993, de la Sección 360111 Instituto de Seguros Sociales, por lo que dichos recursos son susceptibles de ser aplazados;
Que el Consejo Superior de Política Fiscal, Confis, en su sesión del 30 de septiembre de 2010, una vez verificado que se mantiene el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo, emitió concepto favorable para modificar algunas partidas por la suma de treinta y dos mil quinientos noventa y un millones doscientos cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y tres pesos moneda legal ($32.591.257.653);
DECRETA:
Artículo 1°. Desaplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de treinta y dos mil quinientos noventa y un millones doscientos cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y tres pesos moneda legal ($32.591.257.653), según el siguiente detalle:
DESAPLAZAMIENTO - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
| CTA PROG | SUBC SUBP | OBJ PROY | ORD SPRY | SOR | REC | SIT | CONCEPTO | APORTE NACIONAL | RECURSOS PROPIOS | TOTAL |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| SECCION :1310 UNIDAD ADMINISTRITIVA ESPECIAL DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES | SECCION :1310 UNIDAD ADMINISTRITIVA ESPECIAL DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES | SECCION :1310 UNIDAD ADMINISTRITIVA ESPECIAL DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES | SECCION :1310 UNIDAD ADMINISTRITIVA ESPECIAL DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES | |||||||
| TOTAL | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 | ||||||||
| C. INVERION | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 | ||||||||
| 520 | ADMINISTRACION, CONTROL Y ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL PARA APOYO A LA ADMINISTRACION DEL ESTADO | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 | |||||||
| 520 | 1000 | INTERSUBSECTORIAL GOBIERNO | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 | ||||||
| 520 | 1000 | 4 | IMPLANTACION PLAN ANUAL ANTIEVASION (ARTÍCULO 154 LEY 223 DE 1995 | 27.786.777.653 | 27.786.777.953 | |||||
| 11 | OTROS RECUERSOS DEL TESORO | 27.786.777.653 | 27.786.777.953 | |||||||
| 520 | 1000 | 9 | FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE INFORMACION DE LA GESTION PUBLICA NACIONAL – COMPONENTE DIAN | 4.804.480.000 | 4.804.480.000 | |||||
| 11 | OTROS RECURSOS DEL TESORO | 4.804.480.000 | 4.804.480.000 | |||||||
| TOTAL DESPLAZAMIENTO | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 |
Artículo 2°. Aplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2010, en la suma de treinta y dos mil quinientos noventa y un millones doscientos cincuenta y siete mil seiscientos cincuenta y tres pesos moneda legal ($32.591.257.653), según el siguiente detalle:
APLAZAMIENTO PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
| CTA PROG | SUBC SUBP | OBJ PROY | ORD SPRY | SOR | REC | SIT | CONCEPTO | APORTE NACIONAL | RECURSOS PROPIOS | TOTAL |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| SECCION: 3601 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL | SECCION: 3601 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL | SECCION: 3601 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL | SECCION: 3601 MINISTERIO DE LA PROTECCION SOCIAL | |||||||
| TOTAL | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 | ||||||||
| A. FUNCIONAMIENTO | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 | ||||||||
| UNIDAD 36011 | ||||||||||
| INSTITUTO DE SEGUROS SOCIALES | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 | ||||||||
| 3 | TRANSFERENCIAS CORRIENTES | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 | |||||||
| 3 | 2 | TRANSFERENCIAS AL SECTOR PUBLICO | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 | ||||||
| 3 | 2 | 2 | EMPRESAS PUBLICAS NACIONALES FINANCIERAS | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 | |||||
| 3 | 2 | 2 | 5 | FINANCIACION PENSIONES ISS NEGOCIO DE PENSIONES – ART. 138 LEY 100 DE 1993 | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 | ||||
| 10 | RECURSOS CORRIENTES | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 | |||||||
| TOTAL APLAZAMIENTO | 32.591.257.653 | 32.591.257.653 |
Artículo 3°.Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de octubre de 2010.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
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