por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerios de Educación Nacional y Obras Públicas)
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros en su sesión del día 17 de diciembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Gobierno, según consta en el acta respectiva.
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
AQUI PDF DIARIO OFICIAL 26311 (TABLA DE PRESUPUESTOS) PÁG. 12 Y 13.
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 17 de diciembre de 1946
MARIANO OSPINA PEREZ.
El Ministro de Gobierno,
ROBERTO URDANETA ARBELAEZ
E! Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Francisco de Paula PEREZ
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.