Por el cual se destina una partida
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que de los fondos distribuidos por Decreto número 422 de 1948 existe un sobrante de $ 1.710, proveniente de pensiones alimenticias de alumnos becados de la Escuela Normal de Rurales de Santa Marta, no usufructuadas durante el presente año; y
Que la partida destinada por el mismo Decreto para servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, excursiones, deportes, drogas, reparaciones, dotación y demás gastos de la Normal resultó insuficiente para atender estos servicios,
DECRETA:
Artículo único. La suma de $ 1.710 sobrante por concepto de becas de alumnas de la Escuela Normal de Santa Marta no utilizadas en el presente año, destínase para material y gastos varios de la misma Escuela.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 29 de ocubre de 1948.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, José María BERNAL-El Ministro de Educación Nacional, Fabio LOZANOYLOZANO.
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