Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1982-01-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo 1º. Apruébase el Acuerdo número 13 de noviembre de 1981, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

«ACUERDO NUMERO 13 DE 1981

(noviembre 19)

El Comité Nacional de Cafeteros en uso de sus atribuciones, y

CONSIDERANDO:

Que la Federación Nacional de Cafeteros, con recursos del Fondo Nacional del Café es accionista de la Corporación Financiera de Santander S. A.

Que dicha corporación ha venido cumpliendo una importante tarea para la diversificación de la economía de su zona de influencia y que se requiere incrementar su capital.

Que en la presente sesión el señor Ministro de Hacienda y Crédito Publico ha expresado concepto favorable a la capitalización de la suma de $ 4.382.028.00 que corresponde al Fondo Nacional del Café como dividendos del ejercicio de 1980 como accionista de la misma Corporación.

ACUERDA:

Artículo primero. Autorizar a la Federación Nacionalde Cafeteros para que, mediante la reinversión de los dividendos que correspondieron al Fondo Nacional del Café como accionista de la Corporación Financiera de Santander S. A. durante 1980, suscriba y pague 43.821 acciones de valor nominal de $ 100.00 cada una de la misma Corporación.

Artículo segundo. Someter al presente Acuerdo por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público a la aprobación del señor Presidente de la Republica.

Aprobado en Bogotá, D. E., a los diecinueve (19) días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).

El Presidente,

(Fdo.) Carlos Ospina Delgado.

El Secretario,

(Fdo.) José Fernando Jaramillo H.

Artículo 2º. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá,D. E.,a 24 de diciembre de 1981.

JULIOCESAR TURBAY AYAYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Eduardo Wiesner Durán.

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