Por el cual se aprueba un Acuerdo del Comité Nacional de Cafeteros

Rango Decreto
Publicación 1982-01-08
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

decreta:

Articulo l.º Apruébase el Acuerdo número 14 de noviembre de 1981, del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente:

ACUERDO NUMERO 14 DE 1981

(noviembre 19)

El Comité Nacional de Cafeteros en uso de sus atribuciones, y

considerando:

acuerda:

Artículo primero. Autorizar a la Federación Nacional de Cafeteros para que, con recursos del Fondo Nacional del Café y para éste, adquiera por compra a la sociedad Quinyucar S. A., en la suma de $ 1.382.000.00 moneda corriente, las partes y componentes de producción nacional de la planta procesadora de harina de yuca.
Artículo segundo. Autorizar a la Federación para que una vez consolidada la propiedad de la planta pueda venderla, previo avalúo por parte de la Auditoría de la Contraloría General de la República en dicha Federación a terceros. El producto de la venta ingresará al Fondo Nacional del Caté.
Artículo tercero. Someter el presente Acuerdo por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público a la aprobación del señor Presidente de la República.

Aprobado en Bogotá, D. E. a los diecinueve (19) días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y uno (1981).

El Presidente,

(Fdo.) Carlos Ospina Delgado.

El Secretario,

(Fdo.) José Fernando Jaramillo H.

Artículo 2.º Este Decreto rige desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 24 de diciembre de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

Eduardo Wiesner Durán.

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