Por medio del cual se crea una Sección de Policía Nacional
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo Único. A partir del 16 del presente mes de febrero, establécese una. Sección de Policía Nacional para el Municipio de Nemocón, la cual estará formada por un Cabo y tres Agentes, quienes devengarán los mismos sueldos que tiene la Policía Nacional para el personal de Bogotá, siendo de cargo del Municipio de Nemocón, de acuerdo con contrato suscrito con la Dirección General de la Policía, el pago de los sueldos, vestuario, alojamiento, útiles y prestaciones sociales.
Parágrafo. La Unidad creada se denominará "Sección Nemocón."
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 11 de febrero de 1942.
EDUARDO SANTOS
El Ministro de Guerra, encargado del Despacho de Gobierno,
Gonzalo RESTREPO
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