por el cual se modifican los artículos 2º y 3º del Decreto número 239 del 6 de febrero de 1992

Rango Decreto
Publicación 1992-02-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 3
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El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 189 de la Constitución Política y en armonía con el artículo 2° del Decreto 1666 de 1991,

DECRETA:

Artículo 1° Modificase el artículo 2° del Decreto 239 del 6 de febrero de 1992, cuyo texto quedará así: "La doctora Noemí Sanín de Rubio, Ministra de Relaciones Exteriores, tendrá derecho a pasaje aéreo en la ruta Santafé de Bogotá. Manaos y a la suma de Cuatrocientos dólares (US$ 400.00) diarios por concepto de viáticos durante los tres (3) días de la comisión".

Artículo 2° Modificase el artículo 39 del Decreto 239 del 6 de febrero de 1992, cuyo texto quedará así: "Los pasajes y viáticos señalados en el presente Decreto, se pagarán con cargo al presupuesto vigente del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Artículo 3° Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 28 de febrero de 1992.

CESAR GAVIRIA TRUJILLO

El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República,

Fabio Villegas Ramírez.

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