Por el cual se suprime una Granja Oficial y se autoriza la venta de un bien raíz de propiedad nacional

Rango Decreto
Publicación 1951-01-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE AGRICULTURA Y GANADERIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades constitucionales, y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto número 3518 de 9 de noviembre de 1949 se declaró turbado el orden público, y en estado de sitio todo el territorio nacional.

Que la creación por la Ley 51 de 1941 de la Granja Agrícola y Pecuaria "Antonio José Restrepo", en la hoya del río San Juan en el Departamento de Antioquia, no obedece a un plan razonable de fomento o extensión agrícola e implica erogación no justificada de fondos nacionales; y

que, por otra parte, el Gobierno tiene necesidad de una finca en clima frío para las labores de investigación, sobre maíz, en desarrollo del contrato suscrito con la Fundación Rockefeller.

DECRETA:

Artículo primero. Suprímese en el Ministerio de Agricultura y Ganadería, la Granja Agrícola y Pecuaria "Antonio José Restrepo" creada por la Ley 51 de 1941.
Artículo segundo. El Gobierno queda autorizado para vender la finca de propiedad Nacional, denominada "El Bosque", en el Municipio de Betania (Antioquia), y su producto ingresará al Fondo Rotatorio de Fomento Económico del Ministerio de Agricultura y Ganadería para invertirlo en la compra y dotación de una finca en clima frío, destinada a las investigaciones sobre maíz, conforme al contrato de colaboración agrícola celebrado entre el Gobierno y la Fundación Rockeféller.
Artículo tercero. Este Decreto regirá desde la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a diciembre 15 de 1950.

LAUREANO GOMEZ

El Ministro de Gobierno, Domingo SARASTY,-El Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Guerra, Gonzalo RESTREPO JARAMILLO,-El Ministro de Justicia. Guillermo AMAYA RAMIREZ-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rafael DELGADO BARRENECHE-El Ministro de Agricultura y Ganadería, Alejandro ANGEL ESCOBAR.

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