Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975 (congreso nacional), por $ 8.406.601.00
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y
considerando:
Que por medio del artículo 42 de la Ley 15 de 1974, se autorizó al Gobierno Nacional para abrir créditos y efectuar traslados en el presupuesto de gastos para la vigencia de 1975, con el objeto de garantizar la buena marcha de la Administración Pública, el normal cumplimiento de los programas de inversión y los compromisos contractuales con los organismos internacionales de crédito,
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, dictó la Resolución número 434 de 1975 por la cual se aprueba la Resolución número 005 del mismo año, de la Comisión de la Mesa de la Cámara de Representantes, que declaró sobrante la cantidad de $ 8.406.601.00 en el presupuesto de dicha Cámara, con el objeto de que sea trasladada para incrementar otras apropiaciones del mismo presupuesto,
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 del Decreto-ley número 294 de 1973, el Contralor General de la República expidió el Certificado de Reserva y Disponibilidad número 03 de 1975 por $ 8.406.601.00 para amparar los traslados presupuestales de que trata este decreto, y
Que se han cumplido los requisitos legales para la tramitación de esta clase de negocios,
decreta:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal de 1975:
Presupuesto de funcionamiento
CONGRESO NACIONAL
Contracréditos
Capítulo 002
CAMARA DE REPRESENTANTES
Programa 002
Estudio, discusión y aprobación de leyes en la Cámara.
Gastos generales
| 105 111 203. | Artículo 0035. Compra de equipo | $ | 2.000.000.00 |
|---|---|---|---|
| 106 111 205. | Artículo 0037. Viáticos y gastos de viaje | 1.406.601.00 | |
| 106 111 207. | Artículo 0038. Servicios de comunicaciones | 3.000.000.00 | |
| 106 111 215. | Artículo 0042. Arrendamientos | 2.000.000.00 | |
| Suman los contracréditos | $ | 8.406.601.00 | |
| Créditos Presupuesto de funcionamiento Capítulo 002 CAMARA DE REPRESENTANTES Programa 002 Estudio, discusión y aprobación de leyes en la Cámara. Servicios personales 101 111 103. | Artículo 0026. Sueldos del personal de nómina | $ | 7.756.601.00 |
| 102 111 117. | Artículo 0029. Prima de navidad | 650.000.00 | |
| Suman los créditos | $ | 8.406.601.00 |
Artículo 2° El presente decreto rige desde la fecha de su expedición.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá, D. E., a 6 de marzo de 1975.
alfonso lopez michelsen
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Rodrigo Botero Montoya.
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