Por el cual se convoca el Consejo Nacional del Trabajo

Rango Decreto
Publicación 1985-12-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

DECRETA:

Artículo 1ºConvócase al Consejo Nacional del Trabajo a partir del día 17 de diciembre de 1985, para ejercer las funciones establecidas en el Decreto 2210 de 1968.
Artículo 2º El Ministro de Trabajo y Seguridad Social queda facultado para proveer las vacantes que se sucedan.
Artículo 3ºEste Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 13 de diciembre de 1985.

BELISARIO BETANCUR

El Ministro de Trabajo y Seguridad Social,

Jorge Carrillo Rojas.

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