Por el cual se distribuyen las partidas para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Normal de Varones de Pamplona

Rango Decreto
Publicación 1948-02-17
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Para sueldos del personal, alimentación y gastos varios de la Escuela Normal de Varones de Pamplona, se distribuyen las siguientes partidas apropiadas en el presupuesto Nacional vigente, así:

Sueldos en doce meses, enero a diciembre:

Mensual Total
Rector 354.00 1.248.00
Secretario Habilitado 210 2.520.00
6 Profesores internos a $ 210 cada uno 1.260.00 15.120.00
4 Profesores de la Escuela Anexa, a $ 132 cada uno 528 6.336.00
Profesor de Educación Física 120 1.440.00
Mensual Total
Profesor de Trabajos Manuales y Dibujo 96.00 1.152.00
Profesor de Música y Canto 60 720
Profesor de Prácticas Agrícolas 120 1.440.00
Capellán profesor 48 576
Médico profesor 72 864
Dentista 60 720
Ecónoma 54 648
Enfermero 48 576
Chofer 66 792
Portero 30 360
Bibliotecario Ayudante de la Secretaria 54 648
Director de la Escuela Anexa 210 2.520.00
Servicio doméstico, según distribución que haga el Rector, hasta 280.5 3.366.00
Totales 3.670.50 44.046.00
b) Capítulo 76, artículo 958.
Alimentación en diez meses, febrero a noviembre:
De 60 alumnos becados y 20 empleados a razón de $ 30 cada uno 2.400.00 24.000.00
Restaurante de la Escuela Anexa 210 2.100.00
Sumas 2.610.00 26.100.00
Enero a diciembre:
Servicios de energía, agua, aseo, teléfono, material de enseñanza, útiles de escritorio, excursiones, reparaciones locativas del edificio, granja agrícola, drogas, deportes y demás gastos de la Normal 750 9.000.00
Alimentación del servicio doméstico 230 3.000.00
Total 38.100. 00

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 4 de febrero de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

José María BERNAL

El Ministro de Educación Nacional,

Joaquín ESTRADA MONSALVE

Digitó: CC1.023.904.092

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