Por el cual se determinan unas funciones y se hace un nombramiento en el Ministerio de Agricultura y Ganaderia
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo primero. En adelante corresponderán al Subdirector de la División Nacional de Ganadería, del Ministerio de Agricultura y Ganadería, los siguientes asuntos especiales:
- a) Estudio de los programas de sanidad que deban adelantar las Entidades Oficiales para armonizarlos con los del Ministerio;
- b) Emisión de conceptos técnicos en materias de Sanidad Pecuaria y de Zootecnia, y
- c) Actuar como miembro de la Junta de Títulos-Médicos Veterinarios, creada por el artículo 16 del Decreto número 2944 de 1948.
Artículo segundo. Nómbrase al Médico-Veterinario, Ignacio Urdaneta como Subdirector de la División Nacional de Ganadería.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 18 de diciembre de 1950.
LAUREANO GOMEZ.
El Ministro de Agricultura y Ganadería,ALEJANDRO ANGEL ESCOBAR-El Ministro de Higiene, Alonso CARVAJAL PERALTA.
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