por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente (Ministerio de Relaciones Exteriores)
(Ministerio de Relaciones Exteriores).
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y
CONSIDERANDO
que el Consejo de Ministros, en su sesión del día 22 de noviembre del año en curso, autorizó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público para efectuar unos traslados dentro de las apropiaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, según conste en el acta respectiva,
DECRETA:
Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vigente:
| MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES | MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES |
|---|---|---|
| Capítulo 8° | ||
| Del artículo 102. Para sueldos del personal del Ministerio y Comisión Asesora de Relaciones Exteriores, en el año | $ | 6.634.28 |
| Del artículo 103. Para jornales del servicio de aseo y de otras necesidades de las dependencias del Ministerio, en el año | 1.282.36 | |
| Del artículo 109. Para gastos de representación del Secretario General del Ministerio, del Jefe y Subjefe del Protocolo, de los Directores Generales de Departamento, y del Oficial Mayor de la Secretaría General, en el año | 401.00 | |
| Capítulo 9° | ||
| Del artículo 115. Para atender al pago de viáticos y gastos de representación de Delegaciones a Congresos, Conferencias y Reuniones Internacionales, en el año | 324.00 | |
| Capítulo 12. | ||
| Del artículo 133. Para atender a la repatriación de colombianos pobres | 4.798.20 | |
| Suman los contracréditos | $ | 13.439.84 |
| Capítulo 9° | ||
| Al artículo 116. Para viáticos del personal diplomático, en el año | $ | 10 000.00 |
| Capítulo 10. | ||
| Al artículo 120. Para viáticos del personal consular, en el año | 3.439.84 | |
| Suman los créditos | $ | 13.439.84 |
Artículo 2° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 22 de noviembre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Relaciones Exteriores, Elíseo ARANGO-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO.
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