por el cual se modifica parcialmente el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos públicos del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena

Rango Decreto
Publicación 2006-10-20
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4ª de 1992,

DECRETA:

Artículo 1°. Suprímense de la nomenclatura de empleos de que trata el artículo 3° del Decreto 1426 de 1998, modificado por los artículos 1° y 2° del Decreto 248 de 2004 y los artículos 3° y 4° del Decreto 1730 de 2006, las siguientes denominaciones de empleo:
Denominación del Empleo Grado
Nivel Directivo Nivel Directivo
Director General 11
10
Director de área 09
08
07
Secretario General 09
08
07
Director Regional 06
05
04
03
02
01
Director Seccional 03
02
01
Subdirector de Centro 03
02
01
Jefe de Oficina 01
Artículo 2°. Establécese la siguiente nomenclatura de empleos del nivel Directivo del Servicio Nacional de Aprendizaje, Sena, así:
Denominación del Empleo Grado
Nivel Directivo Nivel Directivo
Director General 11
Director de área 10
09
08
07
Secretaría General 10
09
08
07
Director Regional 08
07
06
05
04
03
02
01
Jefe de Oficina 06
Subdirector de Centro 03
02
01
Artículo 3°. Establécese la siguiente escala de asignaciones básicas mensuales para el nivel Directivo del Sena:
GRADO DIRECTIVO
01 3.013.881
02 3.170.109
03 3.287.153
04 3.487.120
05 3.902.175
06 4.043.281
07 4.121.876
08 4.273.807
09 4.987.337
10 5.477.799
11 7.037.040

Artículo 4°. Establecense las siguientes equivalencias entre la nomenclatura y clasificacion de empleos fijada por el Decreto 1426 de 1998, modificado por los Decretos 248 de 2004 y 1730 de 2006 y la senalada en este decreto:

Situacion Anterior Situacion Anterior Situacion Nueva Situacion Nueva
NIVEL DIRECTIVO NIVEL DIRECTIVO NIVEL DIRECTIVO NIVEL DIRECTIVO
Denominacion Grado Denominacion del Cargo Grado
Director General 11 Director General 11
Director de Area 07 Director de Area 10
Secretario General 07 Secretario General 10
Director Regional 06 Director Regional 08
Director Regional 05 Director Regional 07
Director Regional 04 Director Regional 05
Director Regional 02 Director Regional 04
Subdirector de Centro 02 Subdirector de Centro 02
Jefe de Oficina 01 Jefe de Oficina 06

Paragrafo. Con estricta sujecion a lo dispuesto en este arti­culo el Sena procedera a adoptar las anteriores equivalencias en la primera nomina de pago siguiente a la fecha de vigencia del mismo.

Artículo 5º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo pertinente los Decretos 1426 de 1998, 248 de 2004, 380 de 2006 y 1730 de 2006.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 20 de octubre de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

El Ministro de la Protección Social,

Diego Palacio Betancourt.

El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Fernando Antonio Grillo Rubiano.

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