DECRETO 37 DE 1931
en uso de sus facultades legales, y de las especiales qué le confiere la Ley 3ª de 1930,
DECRETA:
Artículo 1°. Eliminase un puesto de Escribiente en el Comandó de la 2ª División del Ejército, y crease el de intendente, en el mismo Comando, con una asignación mensual de cien pesos ($ 100).
Artículo 2°. Nombrase para el puesto de Intendente creado por el artículo anterior al señor Antonio Márquez.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 10 de enero de 1931.
ENRIQUE OLAYA HERRERA
El Ministro de Guerra,
Agustín MORALES OLAYA
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