Por el cual se reforma el marcado con el número 2064 de 1934 (octubre)

Rango Decreto
Publicación 1936-03-09
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. Refórmase el ordinal d) del artículo 2° del Decreto número 2064 del 31 de octubre de 1934, en el sentido de que la distribución de los soldados alumnos para la Escuela de Radio y Mecánica será de cuarenta y cinco (45) para el estudio de mecánica de aviación y de diez (10) para el estudio de radiotelegrafía.

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá a 24 de febrero de 1936.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Guerra,

Benito HERNANDEZ B.

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