Por el cual se redistribuye el saldo de una apropiación (ramo de Carreteras Nacionales)

Rango Decreto
Publicación 1948-11-30
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. Redistribuyense el saldo de $ 414.936.58 de la partida apropiada en el Capítulo 113, artículo 1990 E, del Prepuesto en curso, para pavimentación de carreteras nacionales, así:
Para construcción y reparación de la pavimentación del sector de la carretera Los Alpes-Villeta, gastos que demande el arreglo y reparación del pavimento del sector de la vía comprendida entre Fontibón y Los Alpes $ 70.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Santa Marta-Fundación 25.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Bucaramanga-San Gil (Bucaramanga-Piedecuesta) 25.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Cúcuta-Pamplona 12.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Tunja-Duitama-Susacón 10.000.00
Conservación de la pavimentación del sector de carretera Bogotá-Tunja $ 60.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Bogotá-Fusagasugá 25.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Bogotá-Villavicencio 5.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Neiva- Hobo-Gigante 6.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Ibagué-Girardot 3.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Manizales- Cartago 2.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Palmira-Cartago 9.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Popayán-Las Cruces-Mercaderes 1.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Pasto- Mercaderes 1.000.00
Pavimentación del sector de la carretera La Pintada-Medellín-Yarumal 9.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Cartagena-Gambote-Carreto 9.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Barranquilla-Sabanalarga 5.000.00
Pavimentación del sector de la carretera San Gil- Socorro 40.000.00
Pavimentación del sector de la carretera Cali-Palmira 5.700.00
Pavimentación del sector Villeta-Guaduas 60.000.00
Para gastos generales de pavimentos de carreteras nacionales 31.236.58
Total $ 414.936.58

Parágrafo. Queda modificada por el presente Decreto la destinación hecha por Decreto número 1607 de 14 de mayo del corriente año.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 5 de noviembre de 1948.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Obras Públicas.

Luis Ignacio ANDRADE

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