Por el cual se destina una propiedad nacional en Cartagena para las obras del río Magdalena

Rango Decreto
Publicación 1927-03-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidenta de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo de Ministros, en su sesión de14 de los corrientes, aprobó la proposición suscrita por el señor Ministro de Obras Públicas, en virtud de la cual no se aprobó un contrato de arrendamiento del taller Colombia y el Slip de Cartagena, por ser necesarios para servicios oficiales de las obras de canalización y limpia de las Bocas de Ceniza del río Magdalena,

DECRETA:

Artículo 1° Destínase el taller Colombia y el Slip de propiedad nacional, situados en Cartagena, para los trabajos de las obras del río Magdalena.
Artículo 2° Hágase entrega por el Administrador de Hacienda Nacional de Cartagena, de estos inmuebles al Ministro, de Obras Públicas, para que haga las instalaciones que fueren necesarias para los servicios a que se destinan.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de febrero de 1927.

MIGUEL ABADIA MENDEZ - El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Salvador FRANCO.

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