Por el cual se radica el pago de unos gastos en la Contaduría Mayor del Ministerio de Guerra

Rango Decreto
Publicación 1915-03-22
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GUERRA
Fuente SUIN-Juriscol
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Presidente de la república De Colombia.

en uso de sus facultades legales.

decreta:

Artículo único. Radicase en la Contaduría Mayor del Ministerio de Guerra el pago de los gastos por personal y material de la Escuela de Suboficiales

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 27 de febrero de 1915

JOSE VICENTE CONC

El Ministro de Guerra.

isaías LI JAN

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