Por el cual se fija la fecha en que debe entrar a regir el Decreto número 288 del presente año
El Presidente de la Republica de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales,
DECRETA:
Artículo único. El Decreto número 288 del 17 de febrero en curso, "por el cual se dicta una medida aclaratoria del procedimiento que debe seguirse para castigar las infracciones de que trata el Decreto "ejecutivo numero 1836, sobre vagancia y ratería" entrara a regir desde la publicación del presente Decreto en el Diario Oficial.
Comuníquese y Publíquese.
Dado en Bogota a 29 de febrero de 1928.
MIGUEL ABADIA MENDEZ
El Ministro de Gobierno, Jorge Vélez
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