Por el cual se da una autorización al Banco de la República

Rango Decreto
Publicación 1958-02-08
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO
Fuente SUIN-Juriscol
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La Junta Militar de Gobierno de la República de Colombia,

obrando de conformidad con el artículo 121 de la Constitución Nacional,

DECRETA:

Artículo primero. De conformidad con lo dispuesto por el Decreto legislativo número 105 de 1957, autorízase adicionar la emisión de que trata el Decreto legislativo número 10 de 1957 hasta en US $ 15.000.000.00, mediante pagares, con destino al arreglo de la Deuda Externa de Colombia a favor de firmas estadinenses.
Artículo segundo Este Decreto rige desde su la fecha de su expedición.

Comuníquese y publíquese,

Dado en Bogotá a 13 de diciembre de 1957.

Mayor General GABRIEL PARIS G.,

Presidente de la Junta.

Mayor GeneralDeogracias Fonseca.-Contralmirante Rubén Piedrahita Arango.-Brigadier General Rafael Navas Pardo. -Brigadier General Luis E. Ordóñez.

El Ministro de Gobierno, José María Villarreal. El Ministro de Relaciones Esteriores, Carlos Sanz de Santamaría.-El Ministro de Justicia Mayor General Alfredo Duarte Blum.-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Antonio Alvarez Restrepo.-El Ministro de Guerra, Brigadier General Alfonso Sáiz Montoya.-El Ministro de Agricultura, Jorge Mejía Salazar.-El Ministro Del Trabajo, Raimundo Emiliani Román.-El Ministro De Salud Pública, Juan Pablo Llinas. El Ministro de Fomento, Joaquín Vallejo.-El Ministro Minas y Petróleos, Julio Cesar Turbay Ayala.-El Ministro De Educación Nacional, Próspero Carbonell.-El Ministro de Comunicaciones, Mayor General Pedro A. Muñoz.-El Ministro de Obras Públicas, Tulio Ospina Pérez.

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