por el cual se concede autorización a un funcionario de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para aceptar una invitación del Centro Interamericano de Administradores Tributarios, CIAT
El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades que le confiere el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
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- Que el doctor Manuel Alberto Perea Uribe, funcionario de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, organismo adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, ha solicitado autorización para aceptar la invitación del Centro Interamericano de Administradores Tributarios, CIAT, a la ciudad de Managua (Nicaragua), del 17 de febrero al 17 de diciembre de 1994, con el fin de asistir como consultor internacional en el proyecto de la modernización de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Finanzas de Nicaragua.
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- Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia, "los servidores públicos no podrán aceptar cargas, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales ni celebrar contratos con ellos sin previa autorización del Gobierno".
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- Que el Centro Interamericano de Administradores Tributarias, CIAT, le reconocerá al doctor Perea Uribe, como recompensa por sus servicios prestados, los gastos de transporte, viáticos y honorarios a que haya lugar, del 17 de febrero al 17 de diciembre de 1994, con el fin de atender la invitación objeto de la autorización indicada en el considerando anterior, para lo cual dicho funcionario, previa autorización del Gobierno Nacional tramitará la correspondiente licencia sin sueldo,
decreta:
Artículo 1° Confiérese autorización al doctor Manuel Alberto Perea Uribe, funcionario de la Oficina de Control Interno de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, organismo adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para que, previo trámite de la correspondiente licencia sin sueldo, acepte la invitación del Centro Interamericano de Administradores Tributarios, CIAT, a la ciudad de Managua (Nicaragua), con el fin de asistir como consultor internacional en el provecto de modernización de la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Finanzas de Nicaragua, del 17 de febrero al 17 de diciembre del presente año y para que reciba del aludido Centro, como recompensa, los pasajes, viáticos y honorarlos a que haya lugar.
Artículo 2° El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Santafé de Bogotá, D.C., a 11 de febrero de 1994.
CESAR GAVIRIA TRUJILLO
El Viceministro de Hacienda y Crédito Público, encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Héctor José Cadena Clavijo.
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