En ejecución de la lei numero 45 de 1878, sobre establecimiento de Escuelas Normales en Barranquilla
El Presidente de los Estados Unidos de Colombia
decreta :
Art. 1.° Para el establecimiento formal de la Escuela Normal de Institutores en la ciudad de Barranquilla, en los términos prevenidos por el artículo 1.° de la lei 45 de este año, se contratarán por conducto de la Legacion de la Union en Europa, los profesores i aparatos que sean necesarios.
Art. 2.° Encárgase al Gobierno del Estado soberano de Bolívar que proceda, miéntras tanto, al planteamiento de las Escuelas superiores de varones i de mujeres de que habla el artículo 2.°, de conformidad con el decreto orgánico de Instruccion pública primaria, de 1.° de noviembre de 1870. Igualmente se le encarga que recabe de la Corporacion municipal de la ciudad de Barranquilla la apropiacion de los locales aparentes para el establecimiento i conservacion de las mencionadas escuelas.
Dado en Bogotá, a 27 de agosto de 1878.
JULIAN TRUJILLO.
El Secretario de lo Interior i Relaciones Esteriores,
Francisco J. Zaldúa.
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