Por el cual se aclara el artículo 4o del Decreto número 227, de fecha 12 de febrero del presente año

Rango Decreto
Publicación 1927-03-12
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales,

DECRETA:

Artículo único. El artículo 4° del Decreto número 227, de fecha 12 de febrero, quedará así:

«Artículo 4° El manejo de fondos, pago de gastos y rendición de cuentas a la Contraloría General de la República, estarán al cuidado del Administrador Subalterno de Hacienda Nacional de Honda, el cual debe hacer extensiva a este maneje la fianza que tiene hoy a favor de la Nación.»

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 28 de febrero de 1927.

MIGUEL ABADIA MENDEZ - El Ministro Obras Públicas, Mariano OSPISA PEREZ.

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