Por el cual se adiciona el 354 de 27 de febrero de 1935

Rango Decreto
Publicación 1935-03-15
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que es de todo punto necesario simplificar el procedimiento para la liquidación del impuesto sobre espectáculos públicos,

DECRETA:

Artículo único. La liquidación del impuesto sobre espectáculos públicos de que trata el numeral 1° del artículo 1° del Decreto número 1558 de 1932 y el artículo 1° del Decreto 354 de 27 de febrero pasado se verificará sobre el total del valor de la boletería, y en tal virtud en la aplicación de las correspondientes tarifas no habrá necesidad de elevar las fracciones a la unidad.

Queda en estos términos adicionado y reformado el Decreto número 354 de 27 de febrero último.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 1° de marzo de 1935.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Jorge SOTO DEL CORRAL

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