Por el cual se destina una partida

Rango Decreto
Publicación 1933-02-28
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE EDUCACION NACIONAL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales,

DECRETA:

Artículo único. De la apropiación del artículo 207, capítulo 50, del Presupuesto de la actual vigencia, destinase la suma de noventa y cinco mil pesos ($ 95,000) para el sostenimiento de las Escuelas Normales de los Departamentos de Antioquia y Boyacá, según distribuciones que se harán próximamente por decreto separado.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 22 de febrero de 1933.

ENRIQUE OLAYA HERRERA

El Ministro de Educación Nacional,

Julio CARRIZOSA V.

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