Por el cual se deroga el Decreto número 792 de 1942, (marzo 27) y se dictan otras disposiciones
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales,
DECRETA:
Artículo 1° Derógase en todas sus partes el Decreto número 792 de 1942 (marzo 27), por el cual se autoriza a la Contraloría General para adscribir unas funciones a un empleado del Organo Ejecutivo y se señala una asignación. En consecuencia, el Ayudante Almacenista de Formas dedicará la totalidad de las horas reglamentarias de trabajo al desempeño de las funciones de su cargo en el Departamento de Presupuesto, Contabilidad y crédito Público -Sección Proveeduría- del Ministerio de Hacienda y Crédito Público de donde depende, con una asignación mensual de ciento veinte pesos ($120.00) moneda corriente.
Artículo 2° El empleado que desempeñe el cargo de Ayudante Almacenista de Formas deberá prestar fianza en la cuantía que le señale la Contraloría General, de la República.
Artículo 3° Declárase insubsistente el nombramiento de Ayudante Almacenista de Formas del Departamento de Presupuesto, Contabilidad y Crédito Público -Sección Proveeduría- del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, recaído en el señor Marcos López, y nómbrase para reemplazarlo al señor Alberto Ordóñez.
Artículo 4° El presente Decreto rige desde su fecha.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 20 de febrero de 1943.
ALFONSO LOPEZ
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Alfonso ARAUJO
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