por el cual se fija la remuneración del personal docente de la Escuela Superior de Administración Pública —ESAP—

Rango Decreto
Publicación 1982-02-01
Estado Vigente
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 80 de 1981,

DECRETA:

Artículo 1º El valor del punto que sirve de base para determinar la remuneración de los empleados públicos docentes de la Escuela Superior de Administración Pública -ESAP-, será de trescientos quince pesos ($ 315.00) moneda corriente.
Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y surte efectos fiscales a partir del primero (1º) de enero de mil novecientos ochenta y dos (1982).

Comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. E., a 29 de diciembre de 1981.

JULIO CESAR TURBAY AYALA

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado,

Javier Fernández Riva

El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil,

Laura Ochoa de Ardila

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