Por el cual se destinan unos fondos
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que según contrato suscrito con el Gobierno, la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero llevará a cabo una importación de ganados seleccionados de los Estados Unidos de América y del Canadá para ser vendidos en Colombia a entidades públicas o particulares interesadas;
Que, según el citado contrato, el Fondo Rotatorio de Fomento Económico del Ministerio de Agricultura y Ganadería tiene el encargo de verificar el remate o venta de esos ganados para reintegrar su costo a la Caja;
Que en los artículos 636. 638 y 640 del presupuesto del Ministerio de Agricultura y Ganadería, existen saldos, por la cantidad total de $ 95.703 que deben invertirse en la adquisición de ganados seleccionados para diversos puestos pecuarios nacionales,
DECRETA:
Artículo primero. Se ordena la situación en el Fondo Rotatorio del Ministerio de Agricultura y Ganadería, con destino a la adquisición de ganados seleccionados provenientes de la importación que llevará a cabo la Caja de Crédito Agrario, Industrial y Minero, de las cantidades cuya imputación plá
| Estación Ovina de Norte de Santander | 27.051.50 |
|---|---|
| Del artículo 638. Para la compra de semovientes | |
| para la Estación Ovina de Santander del Sur | 27.051.50 |
| Del artículo 640. Para compra de semovientes | |
| para la Estación Ovina de Marulanda | 51.600.00 |
| Suma | $ 95.703.00 |
Artículo segundo. El Pagador del Fondo Rotatorio de Fomento Económico manejará e invertirá las sumas destinadas por el presente Decreto en la adquisición de los ganados seleccionados por la División Nacional de Ganadería para los establecimientos oficiales arriba indicados, con sujeción a las normas señaladas por la Contraloría General de la República.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 30 de noviembre de 1949.
MARIANO OSPINA PEREZ
El Ministro de Correos y Telégrafos, encargado del Despacho de Agricultura y Ganadería,
José Vicente DAVILA TELLO
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