Por el cual se modifica el artículo 687 del presupuesto vigente
El Presidente de la República de Colombia,
en uso de sus atribuciones legales, y teniendo en cuenta que en los cambios de redacción hechos al proyecto de Presupuestos para 1926 por la honorable Cámara de Representantes, se modificó el artículo 350 de dicho proyecto en el sentido de incluir la palabra Personal, modificación que no se tuvo en cuenta al liquidar el Presupuesto,
decreta:
Artículo único. La redacción del artículo 687 del Presupuesto vigente es la siguiente:
| Para las reparaciones de la estación radiotelegráfica de San Andrés, personal, montaje, reparaciones y demás gastos de las de Barranquilla, Cali, Cúcuta y Medellín | $ | 50,000 |
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Publíquese.
Dado en Bogotá a 25 de febrero de 1926.
PEDRO NEL OSPINA-El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Jesús M. MARULANDA.
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