Por el cual se señala el personal y asignaciones de las Oficinas Directas del Ministerio de Correos y Telégrafos

Rango Decreto
Publicación 1949-12-14
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE CORREOS Y TELEGRAFOS
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas en el parágrafo 3° del artículo 1° de la Ley 66 de 1926,

DECRETA:

Artículo 1° A partir del primero (1°) de enero de mil novecientos cincuenta (1950), el personal y asignaciones de las Oficinas Directas del Ministerio de Correos y Telégrafos serán los siguientes:
Despacho del Ministro. Despacho del Ministro. Despacho del Ministro. Despacho del Ministro. Despacho del Ministro.
Ministro $ 1.600.00
Secretario Privado 350.00
Chofer 210.00
Oficial de Asistencia 200.00 $ 2.360.00
Secretaría General. Secretaría General. Secretaría General. Secretaría General. Secretaría General.
Secretario General 1.000.00
Oficial Mayor 650.00
Cuatro Visitadores, Generales, a $ 420 cada uno 1.680.00
Oficial Primero 330.00
Mecanotáquigrafa de Primera 300.00
Oficial Segundo 280.00
Oficial Ayudante 200.00
Oficial de Radicación 185.00
Oficial de Ordenes 160.00
Mensajero 145.00
Mensajero Interno 140.00
Radicación y Biblioteca. Radicación y Biblioteca. Radicación y Biblioteca. Radicación y Biblioteca. Radicación y Biblioteca.
Oficial Primero 290.00
Auxiliar Primero 240.00
Auxiliar Segundo 210.00
Auxiliar Tercero 170.00
Dos Ayudantes, a $ 185 cada uno 370.00 6.350.00
Sección Jurídica, Sección Jurídica, Sección Jurídica, Sección Jurídica, Sección Jurídica,
Jefe-Abogado Consultor 700.00
Secretario 330.00
Abogado Ayudante 300.00
Oficial Escribiente 240.00
Oficial de Kárdex-Mecanógrafa 220.00
Notificador 150.00 1.940.00
Asesoría Técnica Filatélica. Asesoría Técnica Filatélica. Asesoría Técnica Filatélica. Asesoría Técnica Filatélica. Asesoría Técnica Filatélica.
Asesor Técnico Filatélico 350.00
Oficial Ayudante 210.00 560.00
Almacén de Especies. Almacén de Especies. Almacén de Especies. Almacén de Especies. Almacén de Especies.
Almacenista 550.00
Dos Ayudantes, a $ 240 cada uno 480.00 1.030.00
Sección Internacional. Sección Internacional. Sección Internacional. Sección Internacional. Sección Internacional.
Jefe 550.00
Oficial Primero 300.00
Dos Oficiales de Investigaciones, a $ 280 cada uno, 560.00
Oficial 240.00
Oficial de Investigación 210.00
Oficial Ayudante 200.00 2.060.00
Sección de Personal. Sección de Personal. Sección de Personal. Sección de Personal. Sección de Personal.
Jefe 650.00
Subjefe, Oficial de Fianzas 450.00
Secretario 350.00
Oficial Mayor 320.00
Oficial Primero 260.00
Oficial de Correspondencia, Mecanotaquígrafa 265.00
Oficial de Exhortos y Cesantías 250.00
Oficial de Kárdex 240.00
Oficial de Hoja de Servicio 240.00
Oficial de Hojas de Servicio $ 230.00
Oficial de Individuales 210.00
Mensajero Interno 140.00 3.610.00
Sección de Control y Presupuesto. Sección de Control y Presupuesto. Sección de Control y Presupuesto. Sección de Control y Presupuesto. Sección de Control y Presupuesto.
Jefatura
Jefe 650.00
Subjefe 450.00
Oficial Mayor 400.00
Oficial Primero 290.00
Oficial Ayudante de Reconocimientos 280.00
Mecanógrafa 240.00
Mensajero Interno 140.00
Contabilidad.
Contador 370.00
Tenedor de Libros 340.00
Oficial Girador 310.00
Oficial Revisor 310.00
Oficial Ayudante 200.00
Control.
Oficial Primero de Control 350.00
Oficial Primero de Liquidación de Diferencias Telegráficas 290.00
Oficial Revisor de Franquicias y Sobretasas 265.00
Oficial de Cuentas Corrientes 225.00
Oficial de Cruce 200.00
Oficial de Clasificación 200.00
Tres Oficiales de Revisión, $ a 200 cada uno, 600.00
2 Oficiales de Sobretasa, a $ 200 cada uno 400.00
Estadística.
Oficial 400.00
Tres Oficiales Ayudantes, a $ 200 cada uno 600.00
Proveeduría y Almacén.
Proveedor Almacenista 550.00
Oficial Mayor 360.00
Oficial de Pedidos y Control 330.00
Oficial de Kárdex 210.00
Oficial de Inventarios y Pedidos Ples 225.00
Oficial de Pedidos de Telégrafos 200.00
Oficial de Pedidos de Oficinas Adscritas 185.00
Oficial de Archivo y Radicación 185.00
Seis Guardas Empacadores, a $ 160 cada uno 960.00
Habilitación.
Habilitado Pagador 600.00
Oficial Contador 350.00
Oficial Primero 250.00
Oficial Segundo 230.00
Cuatro Oficiales Ayudantes, a $ 230 cada uno 920.00
Archivo y Rezagos.
Oficial Primero 240.00
Oficial 210.00
Oficial Clasificador 200.00
Dos Oficiales de Rezagos, a $ 160 cada uno 320.00
Guarda 140.00
Mensajero 120.00 14.295.00
$ 32.205.00
Artículo 2° El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará al Capítulo y artículo correspondiente a sueldos del personal de Oficinas Directas del Ministerio de Correos y Telégrafos, del Presupuesto para la vigencia fiscal de 1950.
Artículo 3° Los empleados que hayan cambiado de denominación pero continúen con las mismas funciones, no necesitan de nueva posesión.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 30 de noviembre de 1949.

MARIANO OSPINA PEREZ

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Hernán JARAMILLO OCAMPO-El Ministro de Correos y Telégrafos, José Vicente DAVILA TELLO.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.