Por el cual se adscribe el servicio de correos al de telégrafos en la población de Aranzazu y se fija la asignación mensual al Jefe de la Oficina

Rango Decreto
Publicación 1919-01-10
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en ejercicio de sus facultades legales,

decreta:

A Contar del 1º de febrero próximo en adelante el servicio de correos en Aranzazu continuará adscrito al de telégrafos, y se fija en $ 32 la asignación mensual del Jefe de esa oficina.

Comuníquese y publíquese.

Dado en Bogotá a 8 de enero de 1919.

MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, marcelino ARANGO.

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