Por el cual se adscribe el servicio de correos al de telégrafos en la población de Aranzazu y se fija la asignación mensual al Jefe de la Oficina
El Presidente de la República de Colombia,
en ejercicio de sus facultades legales,
decreta:
A Contar del 1º de febrero próximo en adelante el servicio de correos en Aranzazu continuará adscrito al de telégrafos, y se fija en $ 32 la asignación mensual del Jefe de esa oficina.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Bogotá a 8 de enero de 1919.
MARCO FIDEL SUAREZ-El Ministro de Gobierno, marcelino ARANGO.
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