Por el cual se cambia la cabecera de un municipio, se crea un corregimiento y se dictan algunas disposiciones relacionadas con el gobierno del Rio Putumayo
El Comisario Especial del Putumayo,
en uso de sus atribuciones, y
considerando:
- 1º Que por Decreto número 3, de 12 de julio de 1912. aprobado por el Decreto ejecutivo número 777 de dicho año, se creó el Distrito de San Francisco, poniéndole por cabecera la población del mismo nombre;
- 2º Que en dicho tiempo no había en el valle de Sibundoy otra -población de blancos que la expresada de San Francisco;
- 3º Que posteriormente se fundó la ciudad de Sucre en el centro del valle de Sibundoy, teniendo por un lado a las poblaciones de Sibundoy y San Francisco, y por el otro, casi a igual distancia, a las de Santiago y San Andrés, en el punto precisamente a donde debe salir el camino del Tambillo que comunicará, el valle de Sibundoy con las ricas provincias del norte de Nariño;
- 4º Que la población de San Francisco se halla en el extremo oriental del valle de Sibundoy a una distancia de más de cuatro leguas del pueblo de San Andrés, el cual sólo dista dos leguas de la ciudad de Sucre;
- 5º Que tanto el Reverendo Padre Prefecto Apostólico, como el Concejo Municipal, el señor Alcalde, el Personero y el Tesorero del Municipio y la casi totalidad de los habitantes del valle han solicitado de la Comisaria se traslade a la ciudad de Sucre la capital del Distrito;
- 6º Que al paso que el pueblo de San Francisco ha permanecido estacionario es notable el incremento que ha tomado la reciente ciudad de Sucre, siendo ahora, por su clima, su posición, número de habitantes, aguas termales y otras condiciones la población más importante del Distrito de San Francisco;
- 7º Que según comunicación oficial del Concejo Municipal en la ciudad de Sucre, hay locales capaces y suficientes para todas las oficinas municipales y aún para la Telegrafía y Administración de Correos;
- 8º Que cuando este territorio perteneció al antiguo Departamento del Cauca, las poblaciones indígenas que hoy forman el Distrito de San Francisco constituyeron un Municipio con el nombre de Sucre;
- 9º Que en Decreto número 20, de 1º de mayo del presente año, por el cual se creó el Corregimiento de Cuervo Márquez, se dejó de incorporar en el Corregimiento del Bajo Putumayo, la zona comprendida entre el divortiun aquarum entre los ríos Caquetá. y Putumayo y la margen izquierda do este último rio, el Varadero de la Tagua y la boca del río San Miguel, que pertenecía a la Comisaria del Caquetá, antes del Decreto ejecutivo número 82, de 16 de enero del año en curso; y
-
- Que es atribución del Comisario Especial fomentar el desarrolla de los caseríos y poblaciones que se hallen dentro del territorio de su jurisdicción,
decreta:
Artículo 1º Trasládase la capital del Municipio, del pueblo de San Francisco a la ciudad de Sucre.
Artículo 2º En lo sucesivo el Municipio de San Francisco se llamará de Sucre, conforme a la denominación que tenía anteriormente.
Artículo 3º Suprímese el Corregimiento de Sucre, y créase en su lugar el de San Francisco, que tendrá por cabecera la población del mismo nombre, y por territorio la región comprendida entre las quebradas de Uxapamba y Chungacaspi, del Distrito de Mocoa, y la Provincia de la Cruz, con las partidas que para personal y material se han asignado en el Presupuesto de la Comisaria para el Corregimiento de Sucre.
Artículo 4º Incorpórase al Corregimiento del Bajo Putumayo la región comprendida entre el divortium aqnarum entre los ríos Caquetá y Putumayo, el Varadero de la Tagua, la margen izquierda del rio Putumayo y la boca del río San Miguel.
En estos términos queda reformado el Decreto número 3 de 1912 y aquél por el cual se creó el Corregimiento de Sucre.
Sométase a la aprobación del Poder Ejecutivo, y si fuere aprobado, comuníquese y ejecútese.
Dado en Sucre a diez y ocho de septiembre de mil novecientos veinte.
El Comisario Especial, Braulio Eraso Chaves.
El Secretario, Luciano Guerrero.
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