Por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial para los miembros de la Casa Militar de la Presidencia de la Repúbica

Rango Decreto
Publicación 1989-01-03
Estado Derogada
Departamento DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO CIVIL
Fuente SUIN-Juriscol
Historial de reformas JSON API

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias que le confiere la Ley 77 de 1988,

DECRETA:

Artículo 1º. Los viáticos para los miembros de la Casa Militar de la Presidencia de la República, por comisiones de servicio en el interior del país, serán:

-Para los Oficiales, la suma de Seis Mil Cuatrocientos Pesos ($6.400.oo) diarios.

-Para los Suboficiales, la suma de Cuatro Mil Pesos ($4.000.oo) diarios.

-Para los Agentes de Policía y Soldados, la suma de Dos Mil Ciento Cincuenta Pesos ($2.150.oo) diarios.

Artículo 2º. Los viáticos por comisiones en el exterior, de los Oficiales, Suboficiales, Agentes de la Policía y Soldados de la Casa Militar del Palacio Presidencial, se regirán por las normas especiales del Ministerio de Defensa Nacional.
Artículo 3º. Los miembros de la Casa Militar del Palacio Presidencial, tendrán derecho a un subsidio de alimentación en la misma cuantía y condiciones que se determine para los funcionarios del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 4º. Los gastos que se causen por concepto de los viáticos y el subsidio de alimentación a que se refiere el presente Decreto, serán cancelados con cargo al presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Artículo 5º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación, surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 1989, y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto-ley 95 de 1988.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D.E., a enero 3 de 1989.

VIRGILIO BARCO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Luis Fernando Alarcón Mantilla; El Ministro de Defensa Nacional, Manuel Jaime Guerrero Paz; El Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República; Germán Montoya Vélez; El Jefe del Departamento Administrativo del Servicio Civil; Joaquín Barreto Ruiz.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Diario Oficial correspondiente. No nos responsabilizamos de posibles incorrecciones producidas en la transcripción del original a este formato.