Por el cual se hacen una modificación al Decreto reglamentario número 0239 del 31 de enero de 1959, por el cual se reglamentó el funcionamiento del Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Técnicos, creado por la Ley 19 de 1958

Rango Decreto
Publicación 1959-02-19
Estado Vigente
Departamento PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus atribuciones legales y en especial de las facultades extraor­dinarias y reglamentarias que le confiere la Ley 19 de 1958.

DECRETA:

Articulo 1°. Con el objeto de facultar la labor administrativa del Departamento Administrativo de Planeación y Servicios Téc­nicos se modifica el Artículo Undécimo del Decreto No. 0239 del 31 de Ene­ro de 1959 en lo concerniente a la Sección Administrativa de Personal, Pa­gaduría y Almacén quedará así:

Sección Administrativa de Personal Pagaduría y Almacén:

1 Administrador con $ 2.200.00
1 Proveedor con 800.00
1 Contador con 900.00
1 Secretaria con 500.00

COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.E. a 10 de febrero 1959

ALBERTO LLERAS

El Ministro De Hacienda Y Crédito Público

Hernando Agudelo Villa

El Jefe Del Departamento Administrativo De Planeación Y Servicios Técnicos,

Jorge Franco Holguín

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