Por el cual se hacen unos traslados en el presupuesto vigente

Rango Decreto
Publicación 1938-04-19
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE GOBIERNO
Fuente SUIN-Juriscol
artículos 1
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El Presidente de la República de Colombia,

en uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO

que el honorable Consejo de Ministros, en su sesión del día 25 de febrero pasado, concedió la autorización de que trata el artículo 32 de la Ley 64 de 1931 para efectuar unos traslados en los presupuestos de los Ministerios de Gobierno, de Hacienda y de Obras Públicas,

DECRETA:

Artículo 1° Hácense los siguientes traslados en el presupuesto del

AQUÍ PDF DIARIO OFICIAL 23755 (TABLA DE PRESUPUESTO) PÁG.1 A 2.

Comuníquese.

Dado en Bogotá, a 2 de marzo de 1938.

ALFONSO LOPEZ

El Ministro de Gobierno,

Alberto LLERAS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Gonzalo RESTREPO

El Ministro de Obras Públicas,

César GARCIA ALVAREZ

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