por el cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Minas y Energía

Rango Decreto
Publicación 2012-02-16
Estado Vigente
Departamento MINISTERIO DE MINAS Y ENERGIA
Fuente SUIN-Juriscol
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El Presidente de La República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le otorga el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 literales m y n de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Minas y Energía presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 de 2005, para efectos de modificar su planta de personal, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública.

Que el Ministerio de Minas y Energía, para el propósito de modificar su planta de personal cuenta con certificado de viabilidad presupuestal de la Dirección General Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

DECRETA:

Artículo 1. Suprímense de la Planta de Personal del Ministerio de Minas y Energía, los siguientes empleos:
Número de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
1 (Uno) Secretario Ejecutivo Despacho Ministro 4212 25
DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE MINAS Y ENERGIA DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE MINAS Y ENERGIA DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE MINAS Y ENERGIA DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE MINAS Y ENERGIA
1 (Uno) Auxiliar Administrativo 4044 14
1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 13
PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
1 (Uno) Jefe Oficina 0137 20
2 (Dos) Profesional Especializado 2028 17
1(Uno) Profesional Especializado 2028 12
5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 11
4 (Cuatro) Técnico Operativo 3132 14
6 (Seis) Auxiliar de Servicios Generales 4064 13
Artículo 2°. Los servidores públicos que vienen desempeñando los siguientes empleos en la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía, serán incorporados en cargos equivalentes de la planta de personal que se establezca para la Agencia Nacional de Hidrocarburos:
Número de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
2 (Dos) Profesional Especializado 2028 17
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 12
5 (Cinco) Profesional Universitario 2044 11
4 (Cuatro) Técnico Operativo 3132 14
Artículo 3°. Créanse los siguientes empleos en la planta de personal del Ministerio de Minas y Energía:
Número de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO DESPACHO DEL MINISTRO
1 (Uno) Asesor 1020 18
5 (Cinco) Asesor 1020 16
1 (Uno) Asesor 1020 10
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 23
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 21
3 (Tres) Profesional Especializado 2028 15
2 (Dos) Secretario Ejecutivo 4210 18
DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ENERGIA DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ENERGIA DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ENERGIA DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE ENERGIA
1 (Uno) Asesor 1020 16
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 14
DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE MINAS DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE MINAS DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE MINAS DESPACHO DEL VICEMINISTRO DE MINAS
2 (Dos) Asesor 1020 16
1 (Uno) Asesor 1020 14
1 (Uno) Asesor 1020 12
1 (Uno) Asesor 1020 10
1 (Uno) Profesional Universitario 2044 9
1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 19
Número de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
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PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL PLANTA GLOBAL
3 (Tres) Jefe Oficina 0137 21
1 (Uno) Subdirector Administrativo y Financiero 0150 21
1 (Uno) Subdirector Administrativo 0150 21
1 (Uno) Asesor 1020 16
1 (Uno) Jefe Oficina Asesora de Planeación 1045 16
18 (Dieciocho) Profesional Especializado 2028 23
15 (Quince) Profesional Especializado 2028 21
19 (Diecinueve) Profesional Especializado 2028 19
2 (Dos) Profesional Especializado 2028 18
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 17
2 (Dos) Profesional Especializado 2028 16
3 (Tres) Profesional Especializado 2028 15
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 14
1 (Uno) Profesional Especializado 2028 13
1 (Uno) Técnico Administrativo 3124 18
Número de Cargos Dependencia y Denominación del Cargo Código Grado
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3 (Tres) Técnico Administrativo 3124 17
6 (Seis) Auxiliar Administrativo 4044 13
1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 24
Artículo 4°. El Ministro de Minas y Energía distribuirá los cargos de la Planta Global a que se refiere el artículo 3 del presente Decreto, mediante acto administrativo y ubicará el personal teniendo en cuenta la organización interna, las necesidades del servicio, los planes y programas de la entidad.
Artículo 5°. La incorporación de los funcionarios a la nueva Planta de Personal que se adopte en el presente Decreto, se hará conforme a las disposiciones legales vigentes sobre la materia, dentro de los siguientes 30 días calendario, contados a partir de la fecha de su publicación.

Los empleados públicos vinculados continuarán percibiendo la remuneración mensual correspondiente a los empleos que desempeñan actualmente, hasta tanto se produzca la incorporación en la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

Artículo 6°. Los cargos de carrera vacantes de la planta de personal se proveerán de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y el Decreto reglamentario 1227 de 2005 y demás disposiciones que le modifiquen, adicionen o sustituyan.
Artículo 7°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de febrero de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Carlos Echeverry Garzón.

El Ministro de Minas y Energía,

Mauricio Cárdenas Santamaría.

La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,

Elizabeth Rodríguez Taylor.

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